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 El servicio doméstico será 40% más caro

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MensajeTema: El servicio doméstico será 40% más caro   El servicio doméstico será 40% más caro EmptyLun Abr 11 2011, 20:09

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Jubilaciones y pensiones en Argentina

El servicio doméstico será 40% más caro

Con el nuevo régimen, subirá el aporte patronal al 27% del salario y habrá que contratar ART y quizá contador

Por Florencia Donovan
Para Diario La Nación

Con un Congreso abocado al tejido de estrategias electorales, no son muchos los proyectos de ley que tienen oportunidad de captar la atención de los legisladores. Pero uno de los pocos que, pareciera, goza del consenso generalizado es el que modifica el régimen de contratación del personal doméstico. Ya tiene el visto bueno de Diputados y es de esperar que el Senado lo apruebe en cualquier momento. De ser así, los especialistas están estimando que el costo de una empleada doméstica aumentará cerca del 40%, si no más.

El nuevo régimen, que reemplazaría el establecido en 1956, aún vigente, otorgaría a las empleadas domésticas casi los mismos derechos y obligaciones que los que tienen los demás trabajadores formales del sector privado, regulados por la ley de contrato de trabajo. Así, mientras que hoy un empleador de una mucama sólo paga hasta $ 81 -el caso más caro, el de las con cama- para cubrir los aportes establecidos en el formulario 102 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el nuevo proyecto obligaría al patrón a hacer un aporte patronal del 27% del salario bruto y entregarle a la empleada un recibo de sueldo acorde con las condiciones de la ley de contrato de trabajo, en el que se le descontará otro 17% para la obra social y jubilación.

"Todos los costos van a subir. Sólo para la confección del recibo de sueldo, la inscripción en la AFIP, será inevitable que se contrate a un contador o abogado", anticipa la abogada laboralista Gabriela Narvaiza. "También está el 27% de aporte patronal y, a su vez, para que a la empleada le quede un sueldo en mano que no caiga por debajo del mínimo una vez descontado el 17%, lo más probable es que en algún momento salga un decreto aumentando el mínimo", explica.

Hoy, el salario mínimo depende de la categoría de una mucama: en el caso de las personas que trabajan con cama es $ 1850, y de 1650 para las que trabajan ocho horas diarias con retiro. La hora extra se paga 12,50. Así, quien hoy esté pagando 1850 deberá contemplar sólo de aportes patronales un costo adicional de 499,50 (contra los 81 actuales), eso sin considerar una suba del salario mínimo para evitar que el descuento del 17% le reste poder adquisitivo a la empleada.

El proyecto de ley prevé para las empleadas domésticas una cobertura en una administradora de riesgos de trabajo (ART), como la que hoy tienen todos los demás trabajadores formales. "Creemos importante desde el punto de vista socioeconómico incluir la cobertura para el personal doméstico", anticiparon desde Aon, una firma broker de seguros. No definieron cuál podría ser el costo de la cobertura, ya que dependerá de los riesgos que se considere tiene este sector, y de la alícuota que el Poder Ejecutivo defina para este caso. En promedio, hoy en el mercado la ART tiene un costo en torno al 3% del salario.

Raúl Sanguinetti, socio del estudio Baker Tilly Argentina, explica asimismo que, bajo el nuevo régimen, la jornada de trabajo de no podrá exceder las ocho horas diarias o 48 semanales. Y si bien podrá establecerse una distribución semanal desigual, nunca se podrá superar las nueve horas diarias. Con lo cual, todo lo que se exceda deberá pagarse como horas extra.

"Se va a complicar el sistema", opina Narvaiza, que, no obstante, elogia varios puntos del proyecto como la ART o el pago por parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) de la licencia por maternidad. Según la propuesta aprobada en Diputados, se prohibiría el trabajo de la empleada los 45 días antes y 45 días posteriores al parto. El personal doméstico no tiene cobertura alguna por maternidad.

Además, el proyecto establece, entre otros cambios, un régimen de vacaciones pagas de entre 14 y 35 días, según la antigüedad; licencias pagas de entre tres y seis meses por enfermedad; e incorpora licencias especiales, como por nacimiento de un hijo, matrimonio, o examen. También incrementa la indemnización por despido a un sueldo por año trabajado, contra el medio sueldo que rige en la actualidad.

ALGUNOS CAMBIOS

•La jornada no podrá exceder las ocho horas diarias o 48 semanales. Puede fijarse una distribución desigual, siempre que no superen las nueve diarias.
•Licencia por maternidad pagada por la Anses.
•Habrá recibos de sueldo y las empleadas contarán con una libreta de trabajo.
•La indemnización por despido será de un sueldo por año trabajado.
•La ley se aplicará independientemente de las horas y días trabajados.
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