ÍndiceÍndice  Últimas imágenesÚltimas imágenes  RegistrarseRegistrarse  Conectarse  

 

 Aplicación de la ley 14236

Ir abajo 
2 participantes
AutorMensaje
Nan
Gran Usuario



Femenino
Mensajes : 496
Empleo /Ocio : contadora

Aplicación de la ley 14236 Empty
MensajeTema: Aplicación de la ley 14236   Aplicación de la ley 14236 EmptyMiér Mayo 18 2011, 11:04

Un señor con cese en el año 2007 le corresponde 1 año por DDJJ invocando para ello el art. 3º de la Ley 24476.
La duda está que en período simultaneo con RRDD 08/76-12/76, y períodos impagos 84-85 si aplico el art. 3º ley 24476 no queda en la liquidación en años de aportes y años de servicios solamente la diferencia por años de ddjj, sino esos más los prescriptos por deuda.
A mi parecer debería aplicar en éstos ultimos periodos la ley 14236 de condonación decenal, según la 555 lo admite, alguien conoce otra actualización en la normativa,en la que no se admite más su invocación en éste caso?
Gracias!
Un saludo.
Nan.-
Volver arriba Ir abajo
LILIPA
Meritorio



Mensajes : 34

Aplicación de la ley 14236 Empty
MensajeTema: Re: Aplicación de la ley 14236   Aplicación de la ley 14236 EmptyMiér Mayo 18 2011, 11:25

Deberías palicar art 3º de la Ley 24.476 por el año de DDJJ y ese año no deben superponerse con períodos en relacion de dependencia, es decir, según los datos que aportás podrías aplicarlo en el 84 o 85. Por el resto aplicaría prescripción.
Saludos
Lili
Volver arriba Ir abajo
Nan
Gran Usuario



Femenino
Mensajes : 496
Empleo /Ocio : contadora

Aplicación de la ley 14236 Empty
MensajeTema: Re: Aplicación de la ley 14236   Aplicación de la ley 14236 EmptyMiér Mayo 18 2011, 16:34

Hola Lilipa! si estoy de acuerdo con vos, tal vez no fuí clara, parte del período 84-85, supera 1 año porque es del 04/84 al 12/85, por lo tanto 1 año por art. 3º 24476 y lo que sobra de dicho período más el de RRDD superpuesto coincidís en invocar ley 14236? porque me decís prescripción.
Un saludo.
Nan.-
Volver arriba Ir abajo
LILIPA
Meritorio



Mensajes : 34

Aplicación de la ley 14236 Empty
MensajeTema: Re: Aplicación de la ley 14236   Aplicación de la ley 14236 EmptyMiér Mayo 18 2011, 17:34

Coincido en lo que decís: Un año por DDJJ invocando art 3º ley 24.476 y el resto Ley 14.236 (es la ley que prescribe las deudas que superan los 10 años, de ahi el nombre). Sólo te decía, que se que lo tenés claro que no apliques art. 3º en lo que está superpueto con RRDD.
Saludos
Lili
Volver arriba Ir abajo
Nan
Gran Usuario



Femenino
Mensajes : 496
Empleo /Ocio : contadora

Aplicación de la ley 14236 Empty
MensajeTema: Re: Aplicación de la ley 14236   Aplicación de la ley 14236 EmptyMiér Mayo 18 2011, 18:55

Gracias Lili por tu colaboración!!
Saludos.
Nan.-
Volver arriba Ir abajo
Contenido patrocinado





Aplicación de la ley 14236 Empty
MensajeTema: Re: Aplicación de la ley 14236   Aplicación de la ley 14236 Empty

Volver arriba Ir abajo
 
Aplicación de la ley 14236
Volver arriba 
Página 1 de 1.
 Temas similares
-
» Aplicación de ley 14236
» Aplicacion ley 14236
» 526/95 + 14236?
» fija cese la 14236?
» LEY 14236 - PRESCRIPCIÓN.

Permisos de este foro:No puedes responder a temas en este foro.
Previsional :: Sistema Previsional :: Jubilaciones Ordinarias-
Cambiar a: