Colegas perdonen que los moleste mi pregunta es la siguiente, tengo un cliente chofer de camiones con mas de 30 años de antigüedad en la empresa, que tiene 61 años de edad.-
la pregunta es la siguiente, en la certificación de servicios que le dieron figura la mayoría de los años aportados como servicio común, solo unos pocos como servicio diferencial, por lo cual no se pudo jubilar a los 55 años, nosotros realizamos el distracto de la relacion por este y otros motivos mas, pero los demandados alegan que ya no se realiza el aporte diferenciado, por que fueron suprimidos por la ley 22.293 si bien esta dice que derega el aporte, como tendria que haber contribuido el empleador para que le figure el aporte direfenciado y se pueda jubilar a los 55 años?.-
gracias