Hola foristas una consulta hoy en anses floresta quise iniciar una jubilacion aum puro y en unos periodos que tenia pagos le aplique el art 3, me dijeron que donde hay pagos no se uede aplicar beneficios puede ser? yo lo venia haciendo asi y hoy me dicen esto, hay alguna resolucion nueva? mil gracias a quien me pueda dar una mano.