Tengo del 2007 un amparo de pensionadas que de oficio lo recaratularon como sumarísimo , me salio favorable en 1° instancia y pedi la cautelar, que me la concedieron, pero apelaron y en Camara de Seguridad Social donde me la confirmaron, ahora recibí la cedula de notificación de recurso extraordinario, la señora empezo a cobrar la cautelar a partir de este mes, obvio que no le pagaron retroactivo, me dijeron que es desde que se le notifica la cautelar. Ahora les consulto,1) podré cobrar el retro desde que se acordo la jubilación antes de que quede firme la sentencia ya que presentaron el recurso federal ya me llegó la cedula? y 2) me conviene contestar el recurso que plantearon, fundaron el recurso en la falta de fundamentación en la sentencia y que no respondieron al agravio de que la acción habia sido planteada como amparo, y mantienen la aplicación del decreto 884/06. Desde ya muchas gracias.