ÍndiceÍndice  Últimas imágenesÚltimas imágenes  RegistrarseRegistrarse  Conectarse  

 

 Pensión ley 18037 - exceso de edad

Ir abajo 
+3
NOELINA
mack-anita
violeta
7 participantes
AutorMensaje
violeta
Gran Usuario



Femenino
Mensajes : 548
Empleo /Ocio : Abogada

Pensión ley 18037 - exceso de edad Empty
MensajeTema: Pensión ley 18037 - exceso de edad   Pensión ley 18037 - exceso de edad EmptyMar Nov 22 2011, 08:31

Hola gente,
estoy estudiando un caso y de tanto leer, ya estoy confundida con algo básico:
paso a explicar mi duda:

- marido fallecido feb/83 con 68 años

- esposa hoy: 96 años

Recién ahora se da cuenta que podría hacer la pensión. Estoy viendo aportes, regularidad, etc, y me surge la duda sobre quien es el exceso de edad que debo compensar? Si es de la viuda me sobran años...

Perdón por lo elemental! pero estuve estudiando la ley vieja y sus modificaciones a ver si le encuentro la vuelta!

Agradezco cualquier generoso aporte flower
Volver arriba Ir abajo
mack-anita
Gran Usuario
mack-anita


Mensajes : 579
Empleo /Ocio : ABOGADA

Pensión ley 18037 - exceso de edad Empty
MensajeTema: Re: Pensión ley 18037 - exceso de edad   Pensión ley 18037 - exceso de edad EmptyMar Nov 22 2011, 09:00

los calculos los tenes que hacer sobre el causante.

slds.
Volver arriba Ir abajo
NOELINA
Colaboradores
NOELINA


Femenino
Mensajes : 728

Pensión ley 18037 - exceso de edad Empty
MensajeTema: Re: Pensión ley 18037 - exceso de edad   Pensión ley 18037 - exceso de edad EmptyMar Nov 22 2011, 14:17

EN LA LEY VIEJA NO SE APLICA 24476. TENES Q VER LOS REQUISITOS, SI TIENE INSC.DE AUTONOMO O MURIO DENTRO DE LOS 5 AÑOS DEL CESE. LEE LA 18037/8
Volver arriba Ir abajo
periquita
Gran Usuario
periquita


Femenino
Mensajes : 7187

Pensión ley 18037 - exceso de edad Empty
MensajeTema: Re: Pensión ley 18037 - exceso de edad   Pensión ley 18037 - exceso de edad EmptyMar Nov 22 2011, 15:19

periquita escribió:

violeta escribió:
[Recién ahora se da cuenta que podría hacer la pensión. Estoy viendo aportes, regularidad, etc, y me surge la duda sobre quien es el exceso de edad que debo compensar? Si es de la viuda me sobran años...

Perdón por lo elemental! pero estuve estudiando la ley vieja y sus modificaciones a ver si le encuentro la vuelta!

Agradezco cualquier generoso aporte ]


No hay exceso de edad a compensar....
Saludo
s


Última edición por periquita el Mar Nov 22 2011, 23:01, editado 2 veces
Volver arriba Ir abajo
violeta
Gran Usuario



Femenino
Mensajes : 548
Empleo /Ocio : Abogada

Pensión ley 18037 - exceso de edad Empty
MensajeTema: Re: Pensión ley 18037 - exceso de edad   Pensión ley 18037 - exceso de edad EmptyMar Nov 22 2011, 21:20

NOELINA escribió:
EN LA LEY VIEJA NO SE APLICA 24476. TENES Q VER LOS REQUISITOS, SI TIENE INSC.DE AUTONOMO O MURIO DENTRO DE LOS 5 AÑOS DEL CESE. LEE LA 18037/8
Gracias Noelina,
El fallecimiento ocurrió antes de la modificacion, antes eran 2 años anteriores al cese y no 5 como ahora.
No tiene afiliacion como autónomo.
Creo que se me complica...gracias!
Volver arriba Ir abajo
violeta
Gran Usuario



Femenino
Mensajes : 548
Empleo /Ocio : Abogada

Pensión ley 18037 - exceso de edad Empty
MensajeTema: Re: Pensión ley 18037 - exceso de edad   Pensión ley 18037 - exceso de edad EmptyMar Nov 22 2011, 21:24

periquita escribió:
violeta escribió:


Recién ahora se da cuenta que podría hacer la pensión. Estoy viendo aportes, regularidad, etc, y me surge la duda sobre quien es el exceso de edad que debo compensar? Si es de la viuda me sobran años...

Perdón por lo elemental! pero estuve estudiando la ley vieja y sus modificaciones a ver si le encuentro la vuelta!

Agradezco cualquier generoso aporte flower
No hay exceso de edad a compensar....
Saludos

Periquita, no se aplica el art. 30?

Art. 30. – Al solo efecto de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la jubilación ordinaria se podrá compensar el exceso de edad con la falta de servicios, en la proporción de dos años de edad excedente por uno de servicios faltantes.

Pensé que sí... Rolling Eyes

Volver arriba Ir abajo
periquita
Gran Usuario
periquita


Femenino
Mensajes : 7187

Pensión ley 18037 - exceso de edad Empty
MensajeTema: Re: Pensión ley 18037 - exceso de edad   Pensión ley 18037 - exceso de edad EmptyMar Nov 22 2011, 23:04

violeta escribió:
periquita escribió:
violeta escribió:


Recién ahora se da cuenta que podría hacer la pensión. Estoy viendo aportes, regularidad, etc, y me surge la duda sobre quien es el exceso de edad que debo compensar? Si es de la viuda me sobran años...

Perdón por lo elemental! pero estuve estudiando la ley vieja y sus modificaciones a ver si le encuentro la vuelta!

Agradezco cualquier generoso aporte flower
No hay exceso de edad a compensar....
Saludos

Periquita, no se aplica el art. 30?

Art. 30. – Al solo efecto de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la jubilación ordinaria se podrá compensar el exceso de edad con la falta de servicios, en la proporción de dos años de edad excedente por uno de servicios faltantes.

Pensé que sí...
Me quedé pensando en la viuda a la que decías que le sobran los años Pensión ley 18037 - exceso de edad 613563
Volver arriba Ir abajo
violeta
Gran Usuario



Femenino
Mensajes : 548
Empleo /Ocio : Abogada

Pensión ley 18037 - exceso de edad Empty
MensajeTema: Re: Pensión ley 18037 - exceso de edad   Pensión ley 18037 - exceso de edad EmptyJue Nov 24 2011, 21:57

periquita escribió:
violeta escribió:
periquita escribió:
violeta escribió:


Recién ahora se da cuenta que podría hacer la pensión. Estoy viendo aportes, regularidad, etc, y me surge la duda sobre quien es el exceso de edad que debo compensar? Si es de la viuda me sobran años...

Perdón por lo elemental! pero estuve estudiando la ley vieja y sus modificaciones a ver si le encuentro la vuelta!

Agradezco cualquier generoso aporte flower
No hay exceso de edad a compensar....
Saludos

Periquita, no se aplica el art. 30?

Art. 30. – Al solo efecto de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la jubilación ordinaria se podrá compensar el exceso de edad con la falta de servicios, en la proporción de dos años de edad excedente por uno de servicios faltantes.

Pensé que sí...
Me quedé pensando en la viuda a la que decías que le sobran los años Pensión ley 18037 - exceso de edad 613563

Claro Periquita!, por eso tengo dudas, sobre si se computa la compensacion por exceso de edad con relacion a la viuda o al causante...y no encuentro lectura sobre esto...seguiré buscando... (mmm) (leyendo)
gracias!

Volver arriba Ir abajo
periquita
Gran Usuario
periquita


Femenino
Mensajes : 7187

Pensión ley 18037 - exceso de edad Empty
MensajeTema: Re: Pensión ley 18037 - exceso de edad   Pensión ley 18037 - exceso de edad EmptyJue Nov 24 2011, 22:50

Coincido con mack anita que hay que hacerlo sobre el causante.

Saludos
Volver arriba Ir abajo
violeta
Gran Usuario



Femenino
Mensajes : 548
Empleo /Ocio : Abogada

Pensión ley 18037 - exceso de edad Empty
MensajeTema: Re: Pensión ley 18037 - exceso de edad   Pensión ley 18037 - exceso de edad EmptyVie Nov 25 2011, 12:25

periquita escribió:
Coincido con mack anita que hay que hacerlo sobre el causante.

Saludos

Ok,Periquita y Mack Anita, muchas gracias!!!! flower flower flower
Volver arriba Ir abajo
clara
Gran Usuario



Femenino
Mensajes : 423
Empleo /Ocio : Contadora

Pensión ley 18037 - exceso de edad Empty
MensajeTema: Re: Pensión ley 18037 - exceso de edad   Pensión ley 18037 - exceso de edad EmptyMiér Nov 30 2011, 20:50

Se debe compensar con la edad del causante ya que se trata de una Pensión Directa, por lo tanto el tema de regularidad, excesos de edad etc todo se calcula como si estuvieses por hacer una jubi del causante.
Volver arriba Ir abajo
cata
Meritorio
cata


Femenino
Mensajes : 18

Pensión ley 18037 - exceso de edad Empty
MensajeTema: Re: Pensión ley 18037 - exceso de edad   Pensión ley 18037 - exceso de edad EmptyMiér Nov 30 2011, 21:21

clara escribió:
Se debe compensar con la edad del causante ya que se trata de una Pensión Directa, por lo tanto el tema de regularidad, excesos de edad etc todo se calcula como si estuvieses por hacer una jubi del causante.
Lo que no tengo claro cual es la regularidad que exige la Ley 18037 , me podrian comentar ?
Gracias, Cata
Volver arriba Ir abajo
dominique
Gran Usuario



Mensajes : 986

Pensión ley 18037 - exceso de edad Empty
MensajeTema: Re: Pensión ley 18037 - exceso de edad   Pensión ley 18037 - exceso de edad EmptyJue Dic 01 2011, 20:50

Ninguna regularidad exigía esa ley.-
Volver arriba Ir abajo
violeta
Gran Usuario



Femenino
Mensajes : 548
Empleo /Ocio : Abogada

Pensión ley 18037 - exceso de edad Empty
MensajeTema: Re: Pensión ley 18037 - exceso de edad   Pensión ley 18037 - exceso de edad EmptyDom Ene 01 2012, 10:11

dominique escribió:
Ninguna regularidad exigía esa ley.-

Gracias por toos los comentarios, como siempre un gran aporte para mis razonamientos.
Disculpen que en este momento no tengo la ley a mano, pero me parece que dice que el ultimo aporte debe estar hecho dentro de los ultimos dos años de fallecido, como condicion para solicitar el beneficio. En este caso estuvo mas tiempo enfermo sin trabajar y sin percibir, hasta la fecha de fallecimiento.
Volver arriba Ir abajo
Contenido patrocinado





Pensión ley 18037 - exceso de edad Empty
MensajeTema: Re: Pensión ley 18037 - exceso de edad   Pensión ley 18037 - exceso de edad Empty

Volver arriba Ir abajo
 
Pensión ley 18037 - exceso de edad
Volver arriba 
Página 1 de 1.

Permisos de este foro:No puedes responder a temas en este foro.
Previsional :: Sistema Previsional :: Pensiones-
Cambiar a: