Gise:
Yo tampoco uso el Art. 1 de la Ley 24.476, pero se que algunos la usan, yo utilizo el Art. 1 de la Ley 25.321 ( que fue creada para la renuncia) y la Ley 14.236 ( prescripción decenal).
Comentanos bien el caso, para ver cual es la correcta ley que tenes que aplicar.