| | JUBILACION IPS BS.AS. | |
| | Autor | Mensaje |
---|
MARIAALEX Gran Usuario
Mensajes : 2663
| Tema: JUBILACION IPS BS.AS. Jue Jul 05 2012, 05:27 | |
| Buenos días amigos foristas, tengo un consulta respecto a un caso de jubilacion en el IPS. La sra. tiene aportes en anses cono docente, ya tengo el reco hecho, y también en pcia. como docente y otro trabajo en pcia. comunes, frente a un organismo, nada que ver con la docencia. Mi duda radica en el cálculo de los mejores tres años de su vida laboral, a los efectos del cálculo del haber. En la planilla que se presenta en el ips, se puede tomar como los mejores tres años lo trabajado en pcia. pero no docente? porque ese fue el período que mejor cobró, o sólo deben figuran tanto en la situación de revista como en el detalle de los mejores tres años, la actividad docente de pcia? Si es así, dónde hago figurar lo trabajado en pcia. no docente, ya tiene la cert. de servicios extendida por dicho organismo. Gracias a quien pueda brindarme ayuda. |
| | | periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: JUBILACION IPS BS.AS. Jue Jul 05 2012, 08:18 | |
| - MARIAALEX escribió:
- Buenos días amigos foristas, tengo un consulta respecto a un caso de jubilacion en el IPS. La sra. tiene aportes en anses cono docente, ya tengo el reco hecho, y también en pcia. como docente y otro trabajo en pcia. comunes, frente a un organismo, nada que ver con la docencia. Mi duda radica en el cálculo de los mejores tres años de su vida laboral, a los efectos del cálculo del haber. En la planilla que se presenta en el ips, se puede tomar como los mejores tres años lo trabajado en pcia. pero no docente?
Sí, por supuesto. porque ese fue el período que mejor cobró, o sólo deben figuran tanto en la situación de revista como en el detalle de los mejores tres años, la actividad docente de pcia? Si es así, dónde hago figurar lo trabajado en pcia. no docente, ya tiene la cert. de servicios extendida por dicho organismo. ¿y tiene la Certif. de Servicios o Código de la parte docente? Si es así ya puede entrar al IPS. Gracias a quien pueda brindarme ayuda. |
| | | MARIAALEX Gran Usuario
Mensajes : 2663
| Tema: Re: JUBILACION IPS BS.AS. Mar Jul 10 2012, 06:36 | |
| En ese punto estaba en duda, si presentaba primero lo de docencia pidiendo la certificación en el ips, y luego el resto ya pidiendo la jubilacion, o se hacía todo junto cuando presentaba la jub. en pcia. como docente. Perdón por mi ignorancia, lo que pasa que he hecho varias de docentes pero puros, o con algo de anses, pero nunca con dos funciones distintas dentro de pcia. y encima que le convenga jubilarse por la tarea no docente, es como que se me enredó el barrilete. Gracias periquita por tu aporte. |
| | | periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| | | | MARIAALEX Gran Usuario
Mensajes : 2663
| Tema: Re: JUBILACION IPS BS.AS. Mar Jul 10 2012, 09:18 | |
| Nuevamente, si la sra. no quiere esperar tanto, y le presento todo por DGCE, ya que lo que más quiere es dejar de trabajar, pero no dejar de cobrar, o sea que quiere cierre de cómputos, además no puede por la automática porque no tiene cant. suficiente como docente, cuando el ips liquide el haber, sólo tendrá en cuenta lo de docente?, y luego de otorgado, que se toma como dos años para otorgar la jub. definitivamente, no tiene en cuenta para el ajuste del haber, lo trabajado en otro sector de la pcia. que le implique mejorar su jubilación? Gracias |
| | | periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: JUBILACION IPS BS.AS. Mar Jul 10 2012, 09:56 | |
| No entiendo bien. - MARIAALEX escribió:
- Nuevamente, si la sra. no quiere esperar tanto, y le presento todo por DGCE, ya que lo que más quiere es dejar de trabajar, pero no dejar de cobrar, o sea que quiere cierre de cómputos, ¿¿??? cierre condicionado de cómputos o cese ordinario?
además no puede por la automática porque no tiene cant. suficiente como docente, cuando el ips liquide el haber, sólo tendrá en cuenta lo de docente?, IPS no liquida cuando entra a DGCyE sino luego de terminar allí el código y llevar todo al IPS y luego de otorgado, que se toma como dos años para otorgar la jub. definitivamente, no tiene en cuenta para el ajuste del haber, lo trabajado en otro sector de la pcia. que le implique mejorar su jubilación? Sí claro que toma el ajuste, la jubilación tiene MOVILIDAD DIRECTA DEL MEJOR CARGO. Gracias |
| | | MARIAALEX Gran Usuario
Mensajes : 2663
| Tema: Re: JUBILACION IPS BS.AS. Mar Jul 10 2012, 17:02 | |
| - periquita escribió:
- No entiendo bien.
- MARIAALEX escribió:
- Nuevamente, si la sra. no quiere esperar tanto, y le presento todo por DGCE, ya que lo que más quiere es dejar de trabajar, pero no dejar de cobrar, o sea que quiere cierre de cómputos, ¿¿??? cierre condicionado de cómputos o cese ordinario? Perdón me expresé mal, pediría cierre de cómputos, seguirá trabajando hasta que le de dgce la cert. de servicios y recién ahí, pedirá la jubil al ips.
además no puede por la automática porque no tiene cant. suficiente como docente, cuando el ips liquide el haber, sólo tendrá en cuenta lo de docente?, IPS no liquida cuando entra a DGCyE sino luego de terminar allí el código y llevar todo al IPS y luego de otorgado, que se toma como dos años para otorgar la jub. definitivamente, no tiene en cuenta para el ajuste del haber, lo trabajado en otro sector de la pcia. que le implique mejorar su jubilación? Sí claro que toma el ajuste, la jubilación tiene MOVILIDAD DIRECTA DEL MEJOR CARGO. Gracias |
| | | Contenido patrocinado
| Tema: Re: JUBILACION IPS BS.AS. | |
| |
| | | | JUBILACION IPS BS.AS. | |
|
Temas similares | |
|
| Permisos de este foro: | No puedes responder a temas en este foro.
| |
| |
| Beneficios para Miembros | Ya tenemos la Nueva Biblioteca, debe estar registrado para acceder a la misma! |
Biblioteca | Si desea acceder a nuestra Biblioteca donde encontrara Leyes, Resoluciones, Circulares, Planillas de Calculo, otras informaciones y utilidades, debera estar previamente registrado, es rapido, sencillo y gratuito, los invitamos a unirse a traves del siguiente link |
|