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 Moratoria + monotributo + autónomo con deuda

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estudioprevisional
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MensajeTema: Moratoria + monotributo + autónomo con deuda   Moratoria + monotributo + autónomo con deuda EmptyLun Oct 29 2012, 02:04

Estimados foristas, tengo el caso de una Sra. de 61 años de edad (F Nac el 11/08/1951). En datos personales tiene autónomo no prescripto act. 297 del 05/2003 al 02/2007. De esos períodos tiene algunos meses con deuda total y otros con deuda por pago fuera de término. Mi idea es hacerle moratoria del 09/1969 al 09/1993 (no se si ponerle la misma actividad 297), con esto reuniría 24 años y 1 mes.
Como le faltan años de aportes la idea es hacerle pagar monotributo hasta que compense con la edad y a la adherirla a la moratoria para que paralelamente vaya pagando las cuotas.
Esos años posteriores al 93, los que no tiene deuda los puedo contar, pero mi duda es, a los que si tienen deuda (1 año y 9 meses) les puedo aplicar Art. 1 Ley 25321? teniendo en cuenta que cuando presente la jubilación (dentro de 2 años y 8 meses aprox.) tendría todo pago y esos meses excederían para poder renunciarlos?
En datos para la liquidación pongo Jubilación? Desde ya muchas gracias.-
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MensajeTema: Re: Moratoria + monotributo + autónomo con deuda   Moratoria + monotributo + autónomo con deuda EmptyLun Oct 29 2012, 11:20

Hola!
Si no tiene Situación de revista antes del 93, yo lo haría así:
Pones en SICAM I: 5/2003 al 2/2007 + los períodos de monotributo desde que se inscribe ahora.
Prescribis los períodos que te generan deuda (fijate cual te conviene pagar y cual no. Tal vez pagando un importe mínimo de interes, evitas pagar un mes más de monotributo).
Luego, en el SICAM II (cuando apretas el botón celeste de abajo que dice "Ingresar al régimen de 24476" o algo así), 1ro calculas tu deuda y luego necesitarás ampliar períodos.
Ahí le mandas desde los 18 años (9/1969) hasta 9/93. Actividad: 307.

Personalmente, yo solo le haría pagar lo de monotributo ahora.
Porque pienso que empezar a pagar una moratoria ahora, no le conviene.
Prefiero que se la descuenten en cuotas y sin intereses del beneficio.
Aparte, si le mandas un plan de moratoria, luego no podes calcular otro hasta que no se defina la situación del plan que mandas: Una vez que mandas el plan, te va a salir un mensaje que dice algo como "Ud. ha realizado una presentación de morat. 24476 y no podrá realizar otra hasta tanto se defina su situación en ANSES" (ya sea por baja del plan u otorgamiento del beneficio para descontar las cuotas de allí).
Por otro lado, si vas a presentar ahora algo, no podrías prescribirle por 25321 ya que esa ley dice que vos podes renunciar a todos los períodos de autónomos que excedan a lo requerido para obtener el beneficio, y hoy no tenes los 30 años para obtener el mismo.
Por eso yo te digo que si lo necesita y quiere jubilarse cuanto antes, que se anote y empiece a pagar. Si no, puede esperar a compensar lo que le falte (encima, podrías aplicarle aunque sea 2 años de DDJJ según Art. 3° 24476).
Aparte, de acá a casi 3 años, puede haber algún cambio que la beneficie...
Slds!
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MensajeTema: Re: Moratoria + monotributo + autónomo con deuda   Moratoria + monotributo + autónomo con deuda EmptyLun Oct 29 2012, 15:38

Hola Defe! gracias por tu respuesta. No puedo prescribir esa deuda porque es períoso NO prescripto. Por eso, o bien la paga o bien en un futuro la renuncia.
Por otro lado, si yo no le hago pagar moratoria ahora, no corro el riesgo de que el día de mañana cuando se pueda jubilar no esté más la ley? por lo que entiendo, si de adhiere a la misma ya tiene un derecho adquirido.
Y en caso que no le haga pagar moratoria, entonces no tendría que hacerle el sicam ahora.
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MensajeTema: Re: Moratoria + monotributo + autónomo con deuda   Moratoria + monotributo + autónomo con deuda EmptyLun Oct 29 2012, 17:15

Hola nuevamente!
No se bien a qué te referís cuando decís que "no podés prescribir pq son períodos No Prescritos", pero te cuento q con la 25321 dice en su único artículo:

"ARTICULO 1° - Los trabajadores que completen los años de servicios y los aportes requeridos para acceder al beneficio jubilatorio de acuerdo a las leyes correspondientes, podrán renunciar a los meses trabajados en calidad de autónomo, que excedieren o hubieren sido simultáneos a dicho período, caducando a tal efecto la deuda exigible por esos lapsos."

Por ende, podes prescribir todos aquellos períodos que te sobren, sin importar de cuando sean, es decir si son los últimos o los 1ros de la vida laboral.
Pero podrás prescribirlo cuando hagas la deuda.
Tal como decís, si no le haces pagar nada ahora, no es necesario que le hagas el SICAM ya.

En cuanto al riesgo que la ley quede sin efecto, lo vas a tener siempre!
Esta ley está vigente desde 1995 y por como está hecha, cada vez se cierra más la ventana para meter un trámite por ella. Y con esto me refiero a que como solo se regularizan períodos hasta 30/9/93, y la gente que se quiere jubilar nació cada vez más cercana a esa fecha, los períodos que quedan desde los 18 años al 30/9/93 son cada vez más cortos, por ende a medida que pasa el tiempo hay menos chances para la gente que no trabajó posteriormente.
Lo que sí había escuchado en algún momento, eran comentarios sobre la ampliación de esa fecha, es decir: regularizar aportes (por ejemplo) hasta el 2003. Pero con todas las restricciones que estamos viviendo actualmente, no creo que eso se vaya a implementar...
No soy abogado, pero entiendo que si van a dejar sin efecto esta ley deberíamos enterarnos con cierta anticipación!
Para mí: no quedará sin efecto! Se viene aplicando desde hace bastante!
Y la metodología actual está hecha de tal forma para que se te descuenten las cuotas del beneficio una vez obtenido.
No se me ocurre cómo hacer si le pagas ahora unos períodos en 60 cuotas y en 2 años y 8 meses (según contaste) con un plan aun vigente, tendrías que hacerle otra liquidación...

Qué queres que te diga... yo no le haría ninguna liquidación ahora!!
Esperaría y defino al momento de cumplir los requisitos!
Mientras, si no queda otra, la anotas en autónomo o monot. para sumar más períodos y jubilarla antes. Y si quiere esperar a compensar todo también.
Todo depende de lo que defina la Sra.
Si alguien opina lo contrario, los leemos!
Slds!
Defe
(Federico)
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MensajeTema: Re: Moratoria + monotributo + autónomo con deuda   Moratoria + monotributo + autónomo con deuda EmptyLun Oct 29 2012, 17:26

Yo por el contrario haria la moratoria ahora.
Cuando llegue el momento, en caso de que fuera necesario alguna modificacion, la reformularia. Mientras tanto estoy manteniendo el derecho en el supuesto de que se caiga la moratoria.

Son opiniones personales, por supuesto.

slds cordiales
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MensajeTema: Re: Moratoria + monotributo + autónomo con deuda   Moratoria + monotributo + autónomo con deuda EmptyLun Oct 29 2012, 17:57

Hola Fede, ahora te entendí! lo que pasa es que vos me decias prescribir y yo le digo renunciar jeje por eso.
Entiendo, si le hago moratoria aplicaría a esos períodos con deuda esa ley y lo haría como vos bien explicaste en ampliación.
Si no le hago moratoria, sólo la inscribo en monotributo y en un futuro cuando tenga los años veo cómo queda su situación. Gracias de nuevo.
Gracias Pachuchi por tu opinión.
Entonces me quedo tranquila que puedo aplicar la ley 25321 en un plan AHORA aunque aun no le sobren años, pero previendo que dentro de 2 años y 8 meses sí tendrá los 30 años.
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mack-anita
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MensajeTema: Re: Moratoria + monotributo + autónomo con deuda   Moratoria + monotributo + autónomo con deuda EmptyLun Oct 29 2012, 18:47

hola:

No se mucho de sicam porque lo mando a hacer a un estudio contable pero hay cosas que las tengo mas o menos claras.
La ley 14236 ( prescripcion) y la 25321 ( renuncia) son distintas empezando por su nombre, y se aplican de manera distinta.

En la biblioteca, Planilla de calculos y varios hay un cuadro ilustrativo que te puede ayudar bastante porque te explica cuando se aplican. Ademas la Prev. 11-27/09 tambien puede ayudarte.

Tambien coincido en que deberia hacerse ahora si hubiera posibilidad economica del cliente, por supuesto que con el maximo cuidado para que quede lo mejor posible de entrada.

saludos
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MensajeTema: Re: Moratoria + monotributo + autónomo con deuda   Moratoria + monotributo + autónomo con deuda EmptyMar Oct 30 2012, 10:29

Buen día gente!
Tienen razón!
Con la 25321 los períodos se RENUNCIAN! no se prescriben!
De todas formas, entendieron lo que quería decir.

Solo quiero agregar a los comentarios mi punto de vista sobre pagar una moratoria ahora:
Hoy le estarías realizando una deuda por 24A 1M (9/69 al 9/93) más los períodos que tiene pagos entre 5/03 y 2/07.
Los que generan deuda, los renuncias.
Entonces, vas a juntar unos 26A (lo deduzco de los datos que planteaste, incluyendo la compensación de edad a hoy y que además decías que en 2A 8M estaría cumpliendo los requisitos. 2A 8M pagando aut/monot=32M + 16 por por compensación=48M=4A)
Le mandas el plan por AFIP (no se presentaría nada en ANSES por no tener requisitos) y tendrás que imprimirle las cuotas para cancelar mensualmente en algún banco, etc.
Entonces, empieza a pagar este plan enviado y además pagaría todos los meses su aporte como autónomo/monotributista o lo que corresponda. En 32 meses estaría en condiciones de tramitar el beneficio.
El tema es que si le enviaste el plan en lo que se acostumbra (60 cuotas), a ese momento, tendrás solo pagada la mitad del mismo.
Y en la liquidación que enviaste te faltará incluir los nuevos servicios de aut/monot en los que se anotó y fue pagando.
Para poder presentar el trámite, (a mi entender) tendrías que dar de baja el plan, volver a hacer la liquidación incluyendo todo lo nuevo de aut/monot., el nuevo tiempo de compensación y renunciar a lo que consideres necesario. Los pagos realizados del plan que enviaste hoy serán tomados a cuenta de la nueva liquidación a realizar en 2A 8M.
Esto lo digo porque cuando hay una liquidación vigente, el SICAM pone un cartel que "no deja hacer una liquidación nueva hasta tanto ANSES defina el trámite presentado o se de de baja el plan" (y en este caso, no se presentaría un trámite en ANSES).
O sea que si tenes que hacer un nuevo plan, tendrías el mismo riesgo que planteaste sobre si en 2A 8M la ley 24476 para regularizar períodos autónomos hasta 9/93 seguirá o no vigente... (Para mí: no habrá problemas y seguirá vigente).

Por todo esto que dije, es que prefiero enviar el plan más adelante en lugar de ahora.
OJO! que no quiero decir que pagar ahora no conviene! es solo un punto de vista!

Por favor, corrijanme si ven algo en lo que me equivoque o si estoy pasando algo por alto!!

Slds!
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MensajeTema: Re: Moratoria + monotributo + autónomo con deuda   Moratoria + monotributo + autónomo con deuda EmptyMiér Oct 31 2012, 00:04

Fede olvide mencionar que la moratoria se la hago en 32 meses que es el tiempo en que pagando monotributo y teniendo en cuenta la compensación llega a los 30 años. O sea, la idea es que cuando termine de pagar las cuotas y monotributo tenga los años necesarios (contando la compensación) para jubilarse.
Cuando llegue ese momento, es cierto que lo que estuvo pagando de ahora en adelante no lo voy a poder agregar a ese plan. Pero en ese caso, como va a estar cancelado, por lo que tengo entendido lo puedo dar de baja y liquidar lo de monotributo nuevo. Si la moratoria no está vigente, no importaría porque ya lo canceló. (es así no?)
Tengo justamente otro caso donde una señora ya pagó unos años en moratoria (lo hizo con su contador) y canceló el plan, y siguió pagando monotributo por su actividad. Ahora se puede jubilar por la edad. Averigüé en Afip y me dijeron que tengo que dar de baja ese plan cancelado y volver a liquidar y ahi le sale todo. Estoy esperando que figure dado de baja, y ahi les cuento si es así.

Pido lo mismo, si me pase algo por alto o no es asi les pido me corrijan! gracias foristas!
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MensajeTema: Re: Moratoria + monotributo + autónomo con deuda   Moratoria + monotributo + autónomo con deuda EmptyMiér Oct 31 2012, 09:45

Ambas posturas son válidas al día de hoy...y apuntan a un mismo fin; asegurar el derecho de la persona jubilable al momento de cumplir la edad-

pensando a futuro apoyo la postura de que si el cliente esta en condiciones se efectue la presentación del plan pero solo teniendo en cuenta la cantidad de cuotas que permitan dar por cancelado el plan al momento de presentar la solicitud del beneficio, de tal manera que el plan este cancelado y pueda efectivizarse la acreditacion del periodo posterior pago por monotributo confeccionando un nuevo Sicam a esa fecha -

Creo que en materia previsional y tal como estan dadas las cosas, todo aquello que pueda asegurarse hoy es tranquilidad para el futuro, sobre todo cuando el cliente confía en nuestro asesoramiento- no podría afirmar como seguro nada basada en hipótesis de continuidad por propio parecer- lamentablemente la política previsional los ultimos años, tiene poco de previsible y mucho de demagogia, pero cuando las arcas se agotan, nada es suficiente para dificultar el beneficio, como lo estamos viviendo cotidianamente este último tiempo-

es una opinión personal que deseaba compartir-


saludos y bendiciones!!

___________________
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MensajeTema: Re: Moratoria + monotributo + autónomo con deuda   Moratoria + monotributo + autónomo con deuda EmptyMiér Oct 31 2012, 11:06

Ahora me quedo más tranquilo!
Ya me parecía que no podía hacerse de otra forma que no fuera dando de baja el plan enviado ahora! Pensaba que había algo que estaba desconociendo! je!

Entonces, si vas a hacer el plan en 32 cuotas, por lo menos 1ro analiza la posibilidad de hacerlo en 30, ya que ahí los intereses serían menores. Acordate que las opciones para el cálculo de un plan son de contado, de 2 a 30 cuotas y de 31 a 60. según el que elijas, se usa una mayor tasa de interés. Tal vez aumenta un poco la cuota, pero serían 2 cuotas menos y cambia la tasa.

"Si la moratoria no está vigente, no importaría porque ya lo canceló. (es así no?)"
A mi entender, si la moratoria por ley 24476 dejara de estar vigente en el futuro, por más que hayas cancelado un plan, al darlo de baja y liquidar uno nuevo, habrá que ver cómo se toman los pagos que ya hiciste. Por más que esté cancelado: lo estás dando de baja!
Seguramente los pagos realizados se tomarán a cuenta.
Sino, tal vez se pueda realizar la liquidación y le dejas la deuda que salga en los períodos hasta el 30/9/93, luego imprimís el detalle del plan cancelado y lo presentas (tal como se hace ahora con los pagos de planes enviados por Ley 25865, los cuales no figuran en el SICAM).
Así que... la verdad que no sé! dudo un poco sobre cómo lo tomarán! Tal como dice Nidia, en materia previsional hay poca previsión! depende de la plata que necesiten. Si hay necesidades de caja: "cierran el grifo" y ponen todo tipo de trabas como está ocurriendo ahora!
De todas formas, yo creo que esta moratoria seguirá vigente. En todo caso, será reemplazada por otra.

Por lo pronto, si la sra te dice que quiere pagar ahora: mandale el plan y al momento de jubilarse se ve cual es la mejor alternativa!

Slds y estamos en contacto!
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MensajeTema: Re: Moratoria + monotributo + autónomo con deuda   Moratoria + monotributo + autónomo con deuda EmptyVie Nov 02 2012, 21:52

Hola foristas, les cuento, hablé con un computista de Anses y le plantee mi duda. Me dijo que enviarle la moratoria ahora, con las cuotas necesarias, es lo mejor si puede pagar, porque así en un futuro cuando tenga monotributo pago se jubila. Es como sembrar semillitas jaja. Una vez cancelado el plan, se da de baja para liquidar el monotributo que empieza a pagar ahora. Y cuando presente el trámite (en mi caso en el 2015) hay que llevar impresas las constancias del plan cancelado (por más que la moratoria ya no esté vigente) y lo toman como acreditados a esos años.
Respecto de la aplicación de la RENUNCIA a esos años no prescriptos con deuda, a él le surgió la misma duda, porque hoy la señora no reúne los requisitos para aplicarla. Pero tampoco sabía si Afip me va a permitir enviar un plan con deuda, por eso me dijo que hable con alguien de Afip. Si se puede, no voy a tener problemas y aplico la renuncia cuando vuelva a liquidar que ahí si ya va a tener los años necesarios.
Asi que cuando tenga la respuesta definitiva les cuento.
Saludos y buen finde!
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MensajeTema: Re: Moratoria + monotributo + autónomo con deuda   Moratoria + monotributo + autónomo con deuda EmptyLun Nov 05 2012, 11:06

Es a lo que me refería antes!
No podes renunciar servicios por 25321 si no tenes los requisitos!

Si vas a preguntar en AFIP, planteales hacer una liquidación parcial con los períodos hasta el 30/9/93 y se envía el plan solo de esos servicios.
Lo posterior se liquidará cuando corresponda (en tu caso: 2015).
No se si el sistema te permitirá realizarlo (el hecho de enviar un plan de una liquidación parcial), pero con probar...
Cualquier cosa, avisa!!
Slds!
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