no te preocupes, la liquidación es mejor no presentarla, atento que si aparece una nueva jurisprudencia te traería conflictos y tiempo asi que no te preocupes...la exteporaneidad se refiere a si presentaste la demanda a los 90 días de la notificación de la denegatoria administrativa, anses lo interpone al inicio últimamente pero es solo por si exediste los plazos , de presentar la demanda