Hola a todos, si pueden ayudarme se los agradezco. Llegó una cliente de 24 años, estudiante regular, cuyo padre docente murió en mayo de 2010; presentó la documentación para percibir el beneficio de pensión en el IPS en febrero de 2011 y se la rechazaron por no haber presentado la certificación de servicios y Dto. de cese de Dipregep, (no ha trabajado en Educación Pública, ni tiene aportes a la anses).En marzo de 2014, la cliente cumplirá 25 años. La pregunta es ¿ le presento ahora las constancias a dipregep para que le comiencen a hacer la certificación y el Dto. de cese y luego ingresarla al ips aunque probablemente la cliente ya esté excedida de la edad de 25 años ? ¿ se retrotrae el beneficio, aun presentado después de cumplirse dicho plazo, al fallecimiento de su padre ?. Muchas gracias.