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 Ceguera y beneficios

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gloria
Maria Antonia
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Maria Antonia
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MensajeTema: Ceguera y beneficios    Ceguera y beneficios  EmptyVie Jun 14 2013, 22:31

Buenos días
Tengo que hacer un sicam para comprar años por una jubilacion de la ley 20888 (ceguera). -El señor tiene tres meses de aportes en una citrícola
Necesito saber si puedo utilizar beneficios

1- de art 3 (años por declaracion jurada (tiene cese en 9/1993) y

2- el beneficio de excedente de edad (tiene 63 años) ¿puedo aplicarlo a partir de los 45 años que exige el régimen?

Aclaro que se trata de una ceguera adquirida hace más de dos años, contemplada en el artículo 3 de la ley 20888 (de ciegos) que exige el cumplimiento de los dos topes del articulo 1, 45 de edad y 20 de aportes.
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gloria
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MensajeTema: Re: Ceguera y beneficios    Ceguera y beneficios  EmptySáb Jun 29 2013, 00:08

No utilizaría el art. 3. Sí el art. 19.
Con un sólo mes de aporte se lo deberían otorgar.
Sí, el art. 19 lo aplicás a partir de la edad límite.

Fijáte q hay posteos al respecto.

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mariadelcarmen51
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MensajeTema: Re: Ceguera y beneficios    Ceguera y beneficios  EmptyJue Jul 04 2013, 10:10

Hola, presenté una pensión de un señor ciego por fallecimiento de su mamá fue a junta médica, y fue otorgada y simultanea presenté la jubilación por la ley 20888, la ley es clarisima nesesita una u otra edad 45 años o 20 años de aportes este señor tiene la edad 63 años eso si me pidieron inscribirlo en afip y pagar solo un mes y renuncio, en caso del suyo no seria necesario por lo que tiene unos meses de aportes y y la certificación medica útilizaron la misma que la anterior, creo que a su cliente lo mandaran a junta médica, un abrazo
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periquita
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periquita


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MensajeTema: Re: Ceguera y beneficios    Ceguera y beneficios  EmptyJue Jul 04 2013, 10:30


La diferencia a lo mejor está en que en este caso es una ceguera adquirida hace sólo algo más de dos años.

Saludos
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Maria Antonia
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MensajeTema: Re: Ceguera y beneficios    Ceguera y beneficios  EmptyVie Jul 05 2013, 21:50

Hola, muchas gracias por sus respuestas. En efecto es una ceguera adquirida, va por el artículo 3 que dice así:

ARTICULO 3º — Quien haya adquirido ceguera una vez cumplidos los topes del artículo 1º, gozará de los beneficios del mismo, si la ceguera se prolonga por espacio de dos (2) años continuos.

Yo interpreto que los topes del art 1 se refiere a los aportes y la edad. No estaba segura de qué beneficios aplicar, muchas gracias chicos!!!
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COQUIS
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MensajeTema: Re: Ceguera y beneficios    Ceguera y beneficios  EmptyMar Ene 27 2015, 12:55

hola foristas... estuve leyendo, y tengo un caso de un señor de 48 años de edad que tiene aportes en relacioón de dependencia y algunos como monotributista hasta el 2012, este señor si bine nación con problemas en la vista, se lo detectaron a los 3 años al mismo... hoy por hoy ha perdido la vista de un ojo, y del otro tiene apenas algo asi como un 10% (ve sólo bultos). la semana pasada tenía turno en anses y la chica no me lo tomo debido a que no reune los 20 años de aportes, mi idea era ver si podía adherirse a la nueva moratoria ley 26.970 para llegar a los 20 años, pero la chica me dijo que no tienen código asignado para caratular en la nueva moratoria la ceguera o minusvalía.
entonces debido a lo que estuve leyendo me surgen dos dudas:
1-si este señor ya tiene los 48 años (cumple el requisito de la edad), es necesario llegar a los 20 años de servicios?
2-su situación se considera ceguera?
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MARIAALEX
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MensajeTema: Re: Ceguera y beneficios    Ceguera y beneficios  EmptyJue Feb 05 2015, 20:03

Tuve un caso similar y no me lo tomaron como ceguera porque decían que si ve bultos no es ciego, es de locos!!
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COQUIS
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MensajeTema: Re: Ceguera y beneficios    Ceguera y beneficios  EmptyVie Abr 24 2015, 17:58

hola MARIAALEX y demas foristas... como bien dijiste vos, al tener mi caso también un 10% de visibilidad en un ojo, no lo toman como ceguera, la chica del anses, me lo tomo al tramite y me dijo que cuando llegue la resolución de la comisión medica apele y adjunte algún fallo similar que le hayan otorgado el beneficio... alguien sabe de algún fallo que le hayan otorgado el beneficio a pesar de no tener 100% ceguera???
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COQUIS
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MensajeTema: Re: Ceguera y beneficios    Ceguera y beneficios  EmptyDom Mayo 17 2015, 11:26

Hola a todos, les cuento que finalmente la comisión médico le otorgo el 70% de incapacidad al señor, pero formula en su resolución que si bien cumple con la condición para acceder al retiro por invalidez, no lo hace para el beneficio de la ley 20888. Así que ahora estamos esperando que anses resuelva para ver la apelación que planteamos dado que es imposible con los aportes que tiene gestionar el RTI o la MINUSVALÍA.
He buscado antecedentes de fallo, pero solo encontré para RTI. si alguien sabe de alguno para poder invocarlo en la apelación, agradecería el aporte.
Por otro lado lo que encontré es un comunicado la la organización mundial de la salud, donde exponen entre otras cosas, las clasificaciones de ceguera para la misma, manifestando que se considera a los fines de salud CEGUERA LEGAL a aquella persona que tiene apenas el 1/10 en el ojo de mayor visibilidad (el caso de mi cliente como les dije perdió la visión en un ojo y en el otro apenas tiene 1/10), creen que es viable exponer esto en el reclamo, para que se considere?
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gloria
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MensajeTema: Re: Ceguera y beneficios    Ceguera y beneficios  EmptyDom Mayo 17 2015, 15:36

COQUIS escribió:
Hola a todos, les cuento que finalmente la comisión médico le otorgo el 70% de incapacidad al señor, pero formula en su resolución que si bien cumple con la condición para acceder al retiro por invalidez, no lo hace para el beneficio de la ley 20888. Así que ahora estamos esperando que anses resuelva para ver la apelación que planteamos dado que es imposible con los aportes que tiene gestionar el RTI o la MINUSVALÍA.
He buscado antecedentes de fallo, pero solo encontré para RTI. si alguien sabe de alguno para poder  invocarlo en la apelación, agradecería el aporte.
Por otro lado lo que encontré es un comunicado la la organización mundial de la salud, donde exponen entre otras cosas, las clasificaciones de ceguera para la misma, manifestando que se considera a los fines de salud CEGUERA LEGAL  a aquella persona que tiene apenas el 1/10 en el ojo de mayor visibilidad (el caso de mi cliente como les  dije perdió la visión en un ojo y en el otro apenas tiene 1/10), creen que es viable exponer esto en el reclamo, para que se considere?

Esto es muy bueno! Como fundamento es indiscutible si es de la OMS. Fijáte que la CM sólo le otorga un 70%, no podría apelarse a la CMC el porcentaje???, si lográs un 100% o aproximado, no deberían denegar la 20888!!!

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COQUIS
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MensajeTema: Re: Ceguera y beneficios    Ceguera y beneficios  EmptyLun Mayo 18 2015, 09:09

hola gloria... apelamos en tiempo y forma la resolución de la CM, y nos han devuelto la misma con una notificación de que su trabajo ha culminado ahí, que debemos interponer reclamos ante el anses.
estimo que dado que alcanza el % requerido por ley, ahora hay que esperar que anses deniegue el beneficio por no encuadrar en la ley 20.888 y apelar ala CARSS, invocando lo de la OMS (organización mundial de la salud) y tratar de lucharla con eso sólo, aunque puede estar meses y meses ahí, sin saber que va a pasar.
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MensajeTema: Re: Ceguera y beneficios    Ceguera y beneficios  EmptyLun Mayo 18 2015, 21:51

COQUIS escribió:
hola gloria... apelamos en tiempo y forma la resolución de la CM, y nos han devuelto la misma con una notificación de que su trabajo ha culminado ahí, que debemos interponer reclamos ante el anses.
estimo que dado que alcanza el % requerido por ley, ahora hay que esperar que anses deniegue el beneficio por no encuadrar en la ley 20.888 y apelar ala CARSS, invocando lo de la OMS (organización mundial de la salud) y tratar de lucharla con eso sólo, aunque puede estar meses y meses ahí, sin saber que va a pasar.

Coquis, es una idea, por ahí no funciona... y si concomitantemente con la solicitud ante la Carss, interponen una medida cautelar, p. ej., una innovativa, es un caso in extremis!, te va a demorar el mismo tiempo, pero jugarías en dos vías al mismo tiempo. Y te digo más, yo acompañaría el escrito a la Carss, con copia de la cautelar presentada.



Una pregunta, cuál es la capacidad laborativa de esta persona? es decir, cuál es su profesión, arte u oficio? cómo se ganaba la vida antes de la ceguera? o es ceguera parcial congénita?
Es muy importante, porque no es lo mismo, si fuera albañil o médico... tiene medios de subsistencia propios o mendiga?
Son cuestiones que hacen al problema... sigo pensando...

Por ahí a otro forista le ocurrió algo similar y comparte su experiencia.

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COQUIS
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MensajeTema: Re: Ceguera y beneficios    Ceguera y beneficios  EmptyJue Mayo 21 2015, 10:46

gloria... en la CM le otorgaron el 70% de incapacidad laborativa, el señor esta desempleado, nunca trabajo para ninguna empresa (salvo 1 año q su propio padre lo empleo) porque desde los 3 años empezo con todos estos problemas de visión, es soltero y vivó siempre y vive con sus padres... si bien estuvo inscripto como autonomo desde 2002-2012 NUNCA pago, apenas tiene 5 meses pagos (por eso no puedo gestionar RTI o Minusvalia).

muchas gracias por tus aportes, en la CM me dijeron que debo esperar a que anses resuelva y apelar ahi la resolución con los fundamentos que planteo de la organizacion mundial de la salud.
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gloria
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MensajeTema: Re: Ceguera y beneficios    Ceguera y beneficios  EmptyJue Mayo 21 2015, 21:10

COQUIS escribió:
gloria... en la CM le otorgaron el 70% de incapacidad laborativa, el señor esta desempleado, nunca trabajo para ninguna empresa (salvo 1 año q su propio padre lo empleo) porque desde los 3 años empezo con todos estos problemas de visión,  es soltero y vivó siempre y vive con sus padres... si bien estuvo inscripto como autonomo desde 2002-2012 NUNCA pago, apenas tiene 5 meses pagos (por eso no puedo gestionar RTI o Minusvalia).

muchas gracias por tus aportes, en la CM me dijeron que debo esperar a que anses resuelva y apelar ahi la resolución con los fundamentos que planteo de la organizacion mundial de la salud.

Ok, entonces realizá esa gestión, y después, cuando todo finalice, seguramente con éxito, comentános cómo fue!!! Ceguera y beneficios  95851

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