Hola! Tengo la siguiente situacion:
Presenté en un mismo juicio de reajuste previsional en diciembre de 2012, a 2 mujeres que perciben pensión derivada, otorgados ambos beneficios bajo el régimen de la ley 24.241. Las resoluciones denegatorias de los dos reclamos que presenté datan de septiembre de 2012
En el primer auto (febrero de 2013) me rechazaron el litisconsorcio, ademas de manifestar que para el resto de las coactoras, debería iniciar nueva demanda denunciando expresamente la prevención del juzgado, a los fines de su asignación por la Secretaría Gral.
Reinicié la demanda en abril de 2013 presentando como prueba documental el reclamo y la denegatoria de 2012, y dando cumplimiento a lo ordenado por el secretario del juzgado. Pero me tiraron un previo en el que la jueza me intima a que manifieste lo que en derecho estime corresponder respecto de la notificación de la resolución administrativa que pretendo impugnar.
Mi duda es la siguiente: Sé que para cuando presente a la coactora la segunda vez, la denegatoria estaba vencida, pero yo la primera vez la presenté en el plazo legal de 90 días. Está bien que haya seguido con la misma denegatoria? o tuve que haber efectuado un nuevo reclamo de reajuste en ANSeS y recién ahí presentarla a la Sra. de nuevo en juicio y denunciando prevención?
Espero su ayuda, muchas gracias!!