- CAPITANDANIEL escribió:
- gracias por el saludo..pero no entendí la pregunta
Capitan Daniel buenos dias lo que quiero expresar es que tengo reunidos en sipa:
1979 ALT 05 B 00 MT 8 RS "A"
1987 ALT 00 B 00 MT12 RS "B" Continuad de A con otro Nº CTA
1988 ALT 00 B 00 MT12 RS "B"
1989 ALT 00 B 00 MT12 RS "B"
1992 ALT B MT12 RS "B"
Y en la CSyR empresa B desde 01/1981 hasta 07/84 y desde 01/1986 hasta 05/1993, sin el año 1985, es decir 11 años empresa B. Si tengo el 36% por la resol. 524/08 estaria acreditado el 100%. he leido dos criterios: uno se solicita al iniciar el tramite jubilatorio consignando el decreto por los periodos a declarar en la Solicitud de prestacion prtevisional y otro se pide un reconocimiento de servicios turno como tramite previo. Que criterio es recomendable?