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 IPS EDAD AVANZADA

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lale1
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MensajeTema: IPS EDAD AVANZADA   IPS EDAD AVANZADA EmptyMar Oct 01 2013, 11:34

Hola, es mi primera consulta en este espacio. Me surge la siguiente situación:
Una persona tiene 25 años en IPS (comunes) y 28 en otras cajas (ANSES) (.
Tiene 63 años, y sigue activo en IPS. La pregunta es si puede, cundo cumpla 65 años solicitar edad avanzada en ips sin presentar los aportes en anses. El tema es que la jubilación por edad avanzada en ips es sensiblemente superior a la jubilacion ordinaria en anses.
Agradezco su comentario.
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periquita
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MensajeTema: Re: IPS EDAD AVANZADA   IPS EDAD AVANZADA EmptyMar Oct 01 2013, 22:38

Hola, te damos la bienvenida al foro!!! escribió:
Hola, es mi primera consulta en este espacio. Me surge la siguiente situación:
Una persona tiene 25 años en IPS (comunes) y 28 en otras cajas (ANSES) (.
¿todo en ANSES o en otras cajas?  ¿le salen los 28 años en la historia laboral?
Tiene 63 años, y sigue activo en IPS. La pregunta es si puede, cundo cumpla 65 años solicitar edad avanzada en ips sin presentar los aportes en anses.  ¿salen o no en la sábana.?  
El tema es que la jubilación por edad avanzada en ips es sensiblemente superior a la jubilacion ordinaria en anses.

Agradezco su comentario.
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lale1
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MensajeTema: Re: IPS EDAD AVANZADA   IPS EDAD AVANZADA EmptyMiér Oct 02 2013, 21:57

Gracias Periquita.
Paso a comentarte:
Los aportes en ANSES, son de 1992 a 2001 autónomos. de 1977 a 1983 De 1996 a hoy en relación de dependencia.
Todos salen en la historia laboral de ANSES. Desde junio de 2012 está con licencia sin goce de haberes en el sector privado, y sigue activo en IPS.
La consulta surge porque veo en un panfleto del IPS sobre jubilación por edad avanzada la siguiente leyenda "El afiliado puede optar por renunciar a los servicios de otra Caja y no invocar la Reciprocidad, en caso de que reúna el derecho jubilatorio exclusivamente con los servicios provinciales" y no se me ocurre por qué quien se jubila por IPS renunciaría a la reciprocidad salvo para cambiar la caja otorgante
Y en este caso, si bien no le alcanza para la jubilación ordinaria si lo es suficiente para edad avanzada.
He leido que en casos de pensión por fallecimiento en funciones provinciales y por incapacidad la scba ha fallado en favor del carácter voluntario de la invocación de la reciprocidad; pero no vi ningún caso sobre jubilación por edad avanzada.
Nuevamente agradezco su colaboración
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periquita
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MensajeTema: Re: IPS EDAD AVANZADA   IPS EDAD AVANZADA EmptyMiér Oct 02 2013, 22:40

lale1 escribió:
Gracias Periquita.
Paso a comentarte:
Los aportes en ANSES, son de 1992 a 2001 autónomos. de 1977 a 1983 De 1996 a hoy en relación de dependencia. La  verdad es que no entiendo bien, aclaralo por favor.
En autónomos supongo contás desde inscripción a baja.

Todos salen en la historia laboral de ANSES. Desde junio de 2012 está con licencia sin goce de haberes en el sector privado, y sigue activo en IPS.
La consulta surge porque veo en un panfleto del IPS sobre jubilación por edad avanzada la siguiente leyenda "El afiliado puede optar por renunciar a los servicios de otra Caja y no invocar la Reciprocidad, en caso de que reúna el derecho jubilatorio exclusivamente con los servicios provinciales" y no se me ocurre por qué quien se jubila por IPS renunciaría a la reciprocidad salvo para cambiar la caja otorgante  correcto y a veces para ahorrar tiempo.
Y en este caso, si bien no le alcanza para la jubilación ordinaria si lo es suficiente para edad avanzada.
He leido que en casos de pensión por fallecimiento en funciones provinciales y por incapacidad la scba ha fallado en favor del carácter voluntario de la invocación de la reciprocidad; pero no vi ningún caso sobre jubilación por edad avanzada. 
Nuevamente agradezco su colaboración
¿Estás seguro que la jubilación por edad avanzada será mejor? cobran menos que  la ordinaria.
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lale1
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MensajeTema: Re: IPS EDAD AVANZADA   IPS EDAD AVANZADA EmptyJue Oct 03 2013, 00:50

Periquita, te aclaro algunos aspectos:
los aportes que aparecen en la historia laboral de ANSES son:
Entre 1977 y 1983 en relación de dependencia en el sector privado.
1994 y 1995 autónomos pero en el sistema registral de AFIP (ex PUC) tiene inscripción en 1992 y baja en 2001, yo cuento desde inscripción hasta la baja.
En 1996 ingresa en relación de dependencia, y continúa aunque con licencia sin goce de haberes desde junio de 2012. Esto me da 28 años (y fracción), más exactamente 341 meses.

Por su parte en IPS tiene servicios reales entre marzo 1970 y diciembre de 1976 (docentes); entre enero de 1984 y diciembre de 1987; de junio de 1990 a diciembre 1992; y de enero de 2009 y continúa.
Y tiene para pedir reconocimiento de servicios fictos entre 1977 y 1983 (baja por motivos políticos) que yo los estoy computando.

Con respecto a si conviene por edad avanzada, el cálculo de mínima sería sin reconocer servicios fictos; son 18 años en IPS.
El haber sería 50%+2%x8=66% del haber ordinario.
El haber ordinario sería el 70% del sueldo del mejor cargo; por lo que por edad avanzada sería 66%x70%=46% del sueldo actual + la antiguedad.
El mejor cargo es jerarquico municipal que cobra antigüedad 3% años antes de 1996 y 1% por año posterior; es decir que por antigüedad percibiría 44% por lo que la jubilación sería 66% del sueldo.
Como el sueldo de su cargo es relativamente alto, el 66% del mismo supera la jubilación de ANSES, sobre todo porque el cargo actual tiene una remuneración relativamente baja.
Si además se le reconocen los servicios fictos entre 1977 y 1983, la prestación mejora significativamente. Además se incorporarían 2 años si sigue aportando en IPS hasta los 65. Es decir que se incorporarían 8 años con lo que mejoraría de manera notable.
Hechas las cuentas, la jubilación por edad avanzada, aún en el caso menos favorable supera el sueldo actual y por ende la eventual jubilación de ANSES.
Espero haber aclarado, pero la duda radica en si es posible renunciar a los servicios que aparecen en ANSES y jubilarse por IPS.
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MensajeTema: Re: IPS EDAD AVANZADA   IPS EDAD AVANZADA EmptyJue Oct 03 2013, 23:10

Periquita, te aclaro algunos aspectos:
los aportes que aparecen en la historia laboral de ANSES son:
Entre 1977 y 1983 en relación de dependencia en el sector privado.
1994 y 1995 autónomos pero en el sistema registral de AFIP (ex PUC) tiene inscripción en 1992 y baja en 2001, yo cuento desde inscripción hasta la baja.
En 1996 ingresa en relación de dependencia, y continúa aunque con licencia sin goce de haberes desde junio de 2012. Esto me da 28 años (y fracción), más exactamente 341 meses.

Por su parte en IPS tiene servicios reales entre marzo 1970 y diciembre de 1976 (docentes); entre enero de 1984 y diciembre de 1987; de junio de 1990 a diciembre 1992; y de enero de 2009 y continúa.
Y tiene para pedir reconocimiento de servicios fictos entre 1977 y 1983 (baja por motivos políticos) que yo los estoy computando.  Por estos servicios le van a hacer un cargo deudor con todos los intereses

Con respecto a si conviene por edad avanzada, el cálculo de mínima sería sin reconocer servicios fictos; son 18 años en IPS.
El haber sería 50%+2%x8=66% del haber ordinario.   ok


El haber ordinario sería el 70% del sueldo del mejor cargo; por lo que por edad avanzada sería 66%x70%=46% del sueldo actual + la antiguedad. ok


El mejor cargo es jerarquico municipal que cobra antigüedad 3% años antes de 1996 y 1% por año posterior; es decir que por antigüedad percibiría 44% por lo que la jubilación sería 66% del sueldo.  acá me perdí....  no entiendo tu cálculo de la  antigüedad,  pero con18 años de aportes no  puede cobrar el && % del sueldo


Como el sueldo de su cargo es relativamente alto, el 66% del mismo supera la jubilación de ANSES, sobre todo porque el cargo actual tiene una remuneración relativamente baja.
Si además se le reconocen los servicios fictos entre 1977 y 1983, la prestación mejora significativamente. Además se incorporarían 2 años si sigue aportando en IPS hasta los 65. Es decir que se incorporarían 8 años con lo que mejoraría de manera notable.

Si una jubilación ordinaria con 35 años de aportes paga el 70 % ¿cuánto pensás que vas a percibir con una de menos aportes?

Hechas las cuentas, la jubilación por edad avanzada, aún en el caso menos favorable supera el sueldo actual y por ende la eventual jubilación de ANSES. La conclusión puede ser correcta por el mejor cargo pero revisaría las cuentas para no crear falsas expectativas


Espero haber aclarado, pero la duda radica en si es posible renunciar a los servicios que aparecen en ANSES y jubilarse por IPS.


Nunca me pasó pero entiendo que sí
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lale1
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MensajeTema: Re: IPS EDAD AVANZADA   IPS EDAD AVANZADA EmptyDom Oct 06 2013, 21:02

Gracias por los comentarios.
Con respecto a los años fictos, tengo entendido que para el cobro de los aportes e intereses se retiene el 20% de su sueldo actual y del haber previsional a partir de la jubilación.
Sobre la antigüedad el mejor cargo es secretario municipal y actualmente perciben por antigüedad el 3% por año anterior a 1996 y 1% por año posterior a 1996.
En este caso, sin contar 1977/83, tendría 12 años anteriores a 1996 (3x12=36%) y 6 años posteriores (6%) total 42 % tenía un error en la cuenta anterior.
Con respecto al haber me estaría dando (50%+2%x8=66%). Es decir que le correspondería el 66% de la jubilación plena.
Ahora bien, si porla jubilación plena corresponde el 70% del sueldo + 44% antigüedad= es decir que la jubilacion ordinaria sería aproximadamente igual al basico del cargo; y la jubilación sería del 66%. Para que te des una idea el cargo, que ocupó entre 1983 y 1987 tiene un básico de $ 19500;por lo que según mis cuentas no hay manera de compararla con la jubilación completa que le correspondería por ANSES. Con respecto a los años fictos, no tengo muy claro si solicitarlos ahora ya que su sueldo actual es muy bajo; en todo caso, si le saliera la jubilación por edad avanzada creo que convendría recién ahí solicitar el reconocimiento de esos años.
Gracias
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MensajeTema: Re: IPS EDAD AVANZADA   IPS EDAD AVANZADA EmptyDom Oct 06 2013, 21:31

lale1 escribió:
Gracias por los comentarios.
Con respecto a los años fictos, tengo entendido que para el cobro de los aportes e intereses se retiene el 20% de su sueldo actual y del haber previsional a partir de la jubilación. De acuerdo porque dicen que hay que pagarlo antes, pero acuerdan descontar el 20 %.
Sobre la antigüedad el mejor cargo es secretario municipal y actualmente perciben por antigüedad el 3% por año anterior a 1996 y 1% por año posterior a 1996.
En este caso, sin contar 1977/83, tendría 12 años anteriores a 1996 (3x12=36%) y 6 años posteriores (6%) total 42 % tenía un error en la cuenta anterior.
Con respecto al haber me estaría dando  (50%+2%x8=66%). Es decir que le correspondería el 66% de la jubilación plena.
Ahora bien, si porla jubilación plena corresponde el 70% del sueldo + 44% antigüedad= es decir que la jubilacion ordinaria sería aproximadamente igual al basico del cargo; y la jubilación sería del 66%. Para que te des una idea el cargo, que ocupó entre 1983 y 1987 tiene un básico de $ 19500;por lo que según mis cuentas no hay manera de compararla con la jubilación completa que le correspondería por ANSES.
de acuerdo, repito lo que te dije:
 La conclusión puede ser correcta  (sin duda es correcta)  por el mejor cargo pero revisaría las cuentas para no crear falsas expectativas
No  revisé cuentas pero me parece que estás considerando la edad avanzada como el 50 % del sueldo y no como el 50 % de la jubilación, que sería el 35 % del sueldo.
Con respecto a los años fictos, no tengo muy claro si solicitarlos ahora ya que su sueldo actual es muy bajo; en todo caso, si le saliera la jubilación por edad avanzada creo que convendría recién ahí solicitar el reconocimiento de esos años. si, comparto
Gracias
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MensajeTema: Re: IPS EDAD AVANZADA   IPS EDAD AVANZADA EmptyDom Oct 06 2013, 23:42

muchísimas Gracias por los comentarios y aclaraciones.
Con respecto al pago de los aportes por servicios fictos aclaro que es la misma ley 13026 la que establece que se cobrará reteniendo el 20% del haber en el caso de jubilados de IPS o Activos del Gobierno provincial (Art. 6° y 7° ley 13026)
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