En la Caja de Abog Prov BsAs, dice que el Subsidio por Discapacidad tiene los sig requisitos, a saber,
REQUISITOS
Completar la solicitud
Establecer el tiempo desde y hasta de la incapacidad, y el porcentaje de la misma
Proponer un médico de parte
Documentación médica sobre la discapacidad denunciada, consignando pronóstico de evolución
Historia clínica de internación
Certificado médico
Certificado de matrícula expedido en la actualidad por el Colegio de Abogados Departamental.
Recordar que, para tener derecho al subsidio, el/la afiliado/a debe estar al día con el cumplimiento de todas sus obligaciones con la Caja, al momento de producirse el evento que genera la incapacidad, y que ésta debe ser TOTAL para el ejercicio de la profesión.
Luego dice en la Reglamentación,
Art. 5º.- Si la incapacidad comprobada mediante Junta Médica se iniciara transcurriendo el último año de carencia, y continuare con posterioridad al cumplimiento de esta última, el beneficiario gozará sólo de los haberes que se devenguen con posterioridad a la finalización de la carencia.-
Art.8°.- El Directorio resolverá en cada caso el otorgamiento o la denegatoria de este subsidio, con dictamen previo de una Junta Médica constituida de conformidad con lo establecido por el art. 42 de la Ley 6716 t.o 1995. La concesión del mismo requerirá la mayoría prevista por el art. 8° párrafo 2° de la Ley precitada, sin perjuicio de ello, cuando la incapacidad sea verificada por la Asesoría Médica antes de la realización de la Junta correspondiente, la Comisión de Jubilaciones, Pensiones, Subsidios y Asignaciones podrá otorgar el beneficio en forma de anticipo y ad-referendum del H. Directorio.
Cualquier otra duda, http://www.cajaabogados.org.ar/vermas-noticiasb.php?n=22
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Antes de realizar alguna consulta, revisar con la opción “Buscar”. Puede que alguien haya respondido antes esa duda.-