Hola foristas! les comento que hace un tiempo inicié una jubilación con Servicio Domestico y la verificación fue negativa y a pesar de recursos de reconsideración y revisión no la otorgaron.
Mi clienta esta ahora en condiciones de jubilarse sin Servicio Domestico, hice el sicam pero antes de enviar el plan me surgen los pagos del Servicio Domestico del 01/2001 al 12/2001 la pregunta mia es hace falta renunciar art. 1 25321 a esos períodos o basta solo con la baja del sicam.
Muchas Gracias