tengo el caso de sr. que cumple los 65 el 29 de agosto, quien tiene gran deuda de autonomos....la pregunta es... si le podria mandar el plan hoy o mañana, o sea antes que se apruebe la nueva ley, ya que de tener que abonar la deuda de autonomos no se podria jubilar....hago esta pregunta porque nunca liquide tramite antes de cumplir con la edad, pero pensaba que si le saco el turno dentro de 30 dias, podria aplicar el art.19....