Alguien me puede orientar al respecto. me consultan , cliente sexo femenino, respecto que era poseedor de pensión que la misma le obtuvo según la ley N°3372/59.-beneficio de pensión por fallecimiento en carácter de hijo, del causante, Requisitos para obtención del beneficios según ley N°3372/59.-Son: ” los hijos solteros ,las hijas solteras, las hijas viudas las hijas divorciadas o separadas de hechos, con constancia judicial y mientra permanezcan en este estado y que no perciban prestaciones alimentarias del conyugue esta dos ultimas que no gozaren de jubilación, pensión, retiro o prestaciones no contributivas, salvo que optaren por la pensión que acuerdan la presente “ el titular es excluida del Beneficio por tener una cobertura medica ,que no es cobertura que provee el anses. Aducen que ella tiene conyugue. Se provee constancia de Certificado de Soltería, dicen que la titular solo manifiesta de manera somera, donde el Anses debe ser interpuesta, junto a su patrocinante podrá interponer recurso de revisión o de reconsideración ante los juzgado federales, previsto en art 25 inc a de la ley 19549