Hola! quisiera saber como encuadro esta cuestión...
El cónyuge fallecido, obtuvo el beneficio previsional bajo el amparo de la ley 18037, en tanto que su mujer obtuvo la pensión derivada bajo la ley 24241.
A la viuda le corresponde una pensión derivada calculada bajo la ley 18.037, es decir el 75% del haber del causante.
Que jurisprudencia es la tenida en cuenta?
Muchas gracias!!!