Tengo una clienta fecha de nacimiento 13/08/1948. La sra. es pensionada y con un haber mayor al mínimo.
Si aplico ley 24476 darían 27 años y tiene en la actualidad 66 años por lo cual se podría aplicar el art. 19 que le daría 3 años.
Pero la señora figura como autónoma de abril de 2004 a febrero de 2007 con una deuda de $70.000. Según lo leído que encontré muy poco material y me confundió bastante podría prescribir hasta octubre de 2004. Y con el resto se puede hacer algo? Prescribir, renunciar? Les pido que me orienten o me digan donde puedo encontrar material sobre el tema. Gracias.