Hola! un señora que sigue su actividad autónoma, a raiz que en el CCMA no puede compensar saldos deudores y acreedores por tener una moratoria ley 24476 (cuyas cuotas se le descuentan mes a mes del haber), quiere cancelar las cuotas restantes de la moratoria al contado. La norma a aplicar para ello siempre es la Circular 1346/96 de AFIP?? alguien lo ha hecho ultimamente con resultados positivos?.
Gracias!
Nan.-