Forista, necesito que me saquen una duda, vino a verme una persona que ya tiene la pensión honorífica p/ veteranos de guerra y ahora quiere la pension especial y excepcional d ex soldados combatientes de Malvinas.
Tiene la documentación exigida y la edad requerida. Yo me estuve fijando en la circular 25/17, y esta es mi duda: cuando dice "se podrán computar servicios autonomos y motrib reg por alguna de las moratorias vgtes".... significa que si no tiene los 10 años exigidos los compro por moratoria?
Esta persona tiene registrados solo 6 meses en historia laboral y además él entró como conscripto (servicio militar) que se computan 2 años.
Otra consulta como sacaría el turno en Anses, no tengo esa opción (O yo no me fijé bien).
Gracias a Todos