Hola a todos, a alguno de ustedes le habrá tocado un caso de una persona que haya trabajado en el área material córdoba - fuerza aérea argentina, desarrollando tareas de ARENADOR? Porque de capital humano de allí, no saben cual es el decreto, por el cual tiene actividad insalubre.
Para mi, puede llegar a ser el Decreto 4257/1968 Art. 2 inc A, pero me queda la duda, porque la certificación de servicios dice el periodo, pero no la normativa aplicable
Gracias a todos, saludos