buenas tardes. queria consultarles si el beneficio por edad avanzada establecido por la ley 24241, ha quedado fuera de vigencia, tal como se lo manifestaran en la Udai a un posible beneficiario - y si el mismo es transferible como pension en caso de fallecimiento ya que no hace mencion en el art. que lo establece- a diferencia de la PUAM que expresamente ha dejado establecido que no genera el derecho a pensiòn-
eL caso que me ocupa es un extranjero de 71 años con 17 años aportados a la fecha sin un centavo de deuda pero que por el ingreso al pais no reune condicion para completar por 24476-
He presentado varias antes de la vigencia d ela PUAM, pero realmente me sorprendio lo manifestado por la UDAI: que no existia mas- y que nunca genero derecho a pension- quieren darle PUAM si o si-
Si esto es correcto, esto me sirve de verdadero aprendizaje, si no lo es, me parecerìa arbitrario que pretendan desvirtuar un beneficio en detrimento del beneficiario ya que parecido no es lo mismo, y una de las preocupaciones era dejarle la pension a su esposa que bastante mas joven que él-
aguardo comentarios y estoy dispuesta a
si me citan las fuentes
Dios los bendiga
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Nidia