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 duda con oficio

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4 participantes
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claudiogerman973
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MensajeTema: duda con oficio   duda con oficio EmptyJue Ago 22 2019, 19:42

Buenas noches, ya tenemos sentencia favorable y se ha aprobado la liquidación presentadA, por lo cual el juzgado nos ordenan mandar un oficio con el siguiente proveido:
El auto que ordena la medida en su parte pertinente dice: “Buenos Aires, 27 de septiembre de 2018.-Intimase a la parte demandada a que en el plazo de diez (10) días desde que quede firme el presente, proceda a abonar las sumas retroactivas adeudadas de conformidad con la liquidación aprobada, todo ello bajo apercibimiento de disponer las medidas de ejecución pertinentes. Notifíquese al Dr. Sebastián Villarreal, Director de Asuntos Jurídicos de la A.N.S.E.S con domicilio en Paseo Colón 329 Piso 9 CABA, mediante oficio de estilo que se librará y diligenciará en los términos del art. 400 del C.P.C.C.N. (en virtud de las facultades que confiere a este Magistrado el art. 34, inc. 5, puntos a) y e), y deberá ser recepcionado en los términos de la Resolución 258/13 DEA, el que deberá ser debidamente acreditado. Notifíquese electrónicamente a las partes por Secretaría en los términos de la Acordada CSJN 23/2017 y del art 10 de la Res. CFSS 16/18.” Fdo: xxxxxxxxxx. Juez Federal..

Hasta el momento Anses no deposito, la duda que tengo es que si tengo que pedir un oficio reiteratorio, o debo iniciar la ejecución de la sentencia.
desde ya muchas gracias
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sgimignano
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sgimignano


Femenino
Mensajes : 8

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MensajeTema: Re: duda con oficio   duda con oficio EmptySáb Ago 24 2019, 07:47

Hola, tienes que iniciar la ejecución de sentencia presentando la liquidación de acuerdo a las pautas de la sentencia. Un saludo.
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jorgevaleiras
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MensajeTema: Re: duda con oficio   duda con oficio EmptySáb Ago 24 2019, 14:04

En teoría ya iniciaste la ejecución cuando presentaste el escrito con la liquidación que ya ha sido aprobada según lo que dice ahí... "proceda a abonar las sumas retroactivas adeudadas de conformidad con la liquidación aprobada, todo ello bajo apercibimiento de disponer las medidas de ejecución pertinentes."... Así que mandas el oficio 400 al Dr. Villareal (lo confeccionas vos te lo sellan y lo llevas a ANSES) y lo subís electrónicamente, pasados los 10 días solicitas que se haga efectivo el apercibimiento (embargos), etc.

Asumo que ya llevaste el oficio y lo subiste electrónicamente asique solo restaría presentar escrito para que el juez ordene el embargo. (o por ahí ordena un reiteratorio, en el 4 mandaron directo el embargo crear la cuenta en el Nacion etc)
Eso es lo que yo hago aunque cada juzgado con su librito...
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EMC1712
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Masculino
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Empleo /Ocio : Empleado - Estudiante abogacia

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MensajeTema: Re: duda con oficio   duda con oficio EmptyDom Ago 25 2019, 20:57

La ejecución ya esta iniciada porque tenes una liquidación presentada y aprobada, por lo que comentas y dice el proveído, lo que tenes que hacer es solicitar el embargo. Éxitos.
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claudiogerman973
Gran Usuario



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MensajeTema: Re: duda con oficio   duda con oficio EmptyLun Ago 26 2019, 06:16

buen día , muchas gracias, voy a pedir el embargo y les comento como continua, así les transmito la experiencia, para que sirva para el que lo necesite.
.
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claudiogerman973
Gran Usuario



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MensajeTema: Re: duda con oficio   duda con oficio EmptySáb Sep 21 2019, 09:36

buenos dias, hice la presentacion tal cual me ayudaron y me contestaron lo siguienteduda con oficio Screen11
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claudiogerman973
Gran Usuario



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MensajeTema: Re: duda con oficio   duda con oficio EmptySáb Sep 21 2019, 09:37

ahora voy a mandar el oficio, y les aviso como sigue, muchas gracias
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MensajeTema: Re: duda con oficio   duda con oficio Empty

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