Gente, me cayó un tipo cuya profesión posee caja propia desde desde 1995.
Por tal motivo, hasta la creación de aquella aportó como autónomo en la categoría correspondiente a su profesión.
Entonces, pregunto: Puede renunciar esos años y trasladarlos a la caja privada o no le queda otra opción que usarlos para la jubi nacional?
Es decir, la idea es comprar por moratoria como siempre, y en el caso utilizar lo aportado a la categoría profesional (renunciarlo) para que el día de mañana tambien pueda obtener la jubilación profesional.
De lo contrario, no llega ni a palos........
Gracias
Juan