Hola ! Acabo de venir de anses. El tramite en realidad, o tecinicamente no es de pension sino de INCLUSION DEL HIJO MENOR. Se debe presentar una serie de documentacion, como partidas, la solicitd (ps6.18) entre otros. Y se reclama el haber generado desde el fallecimiento del ultimo progenitor, hasta el cumplimiento de los 18 años. Una vez reunida la documentacion, se solicita un turno, y donde se debe elegir el tipo de tramite, se elige la opciion INCLUSION.
Bueno, muchas gracias x la ayuda!!!