| | pension 18038 | |
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+4Tere MARIMO Guindu25 daniela 8 participantes | Autor | Mensaje |
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daniela Auxiliar
Mensajes : 220 Empleo /Ocio : Abogada- Lic Psicpedagogia
| Tema: pension 18038 Jue Ene 07 2010, 11:22 | |
| hola les comento pension iniciada por ley 18038, el causante tenia 15 pagos pero anteriores a la fecha de fallecimiento, pague el ultimo mes con intereses. En la udai me pedian que pague un año por 24476, presente bajo insistencia y con nota solicitando se tengan en cuenta la prev y las resoluciones de la carss pertinentes. PAso a unidad de tramites especiales y salio acordada por la udai. Gracias a quienes gentilmente me ayudaron a discutir este tema y me tuvieron paciencia... buen año.! |
| | | Guindu25 Gran Usuario
Mensajes : 2935 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: pension 18038 Jue Ene 07 2010, 12:28 | |
| Bien Daniela, Felicidades!!!! |
| | | MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: pension 18038 Jue Ene 07 2010, 12:47 | |
| - daniela escribió:
- hola les comento pension iniciada por ley 18038, el causante tenia 15 pagos pero anteriores a la fecha de fallecimiento, pague el ultimo mes con intereses.
En la udai me pedian que pague un año por 24476, presente bajo insistencia y con nota solicitando se tengan en cuenta la prev y las resoluciones de la carss pertinentes. PAso a unidad de tramites especiales y salio acordada por la udai. Gracias a quienes gentilmente me ayudaron a discutir este tema y me tuvieron paciencia... buen año.! Hola Daniela: ¡¡¡ Ante todo felicitaciones, por es logro.¡¡¡¡ Pero como es un tema muyyyyyyyyy controvertido, yo te voy a pedir que nos cuentes un poquito mas del tema. Por favor contanos como armaste la liquidacion y cual es la normativa que citaste. Muchas gracias ¡¡¡¡ |
| | | daniela Auxiliar
Mensajes : 220 Empleo /Ocio : Abogada- Lic Psicpedagogia
| Tema: Re: pension 18038 Vie Ene 08 2010, 15:06 | |
| les comento: causante fallecido en el mes 10 de 1991. Inscripto en autonomos en 1980 de cuyo historial de pagos surge: 09/1980 a 09/1981 mes 11/1981 01/1982. Siguiendo el criterio de la ley de fondo y dictamen gaj 18979/01 y resolución carss 23277 /09 se abono el mes correspondiente al fallecimiento con sus intereses, Liquidación por ley 18038 del mes de fallecimiento, tome los pagos, prescribi el resto con deuda y se abonaron intereses. Ingreso bajo insistencia en el mes de setiembre de 2009, ya que no la querían tomar porque me pedían un año pasado por moratoria 24476. Al momento desconocian la prev 11/37. |
| | | Tere Gran Usuario
Mensajes : 560 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: pension 18038 Vie Ene 08 2010, 15:26 | |
| Qué suerte. Yo tengo un caso similar que lo tengo que recurrir en la Carss.- Partamos de la base que si a dic. no conocían la prev.11-37 también lo hubieran acordado con moratoria, en las Udais donde concurro te sacarían volando.- |
| | | MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: pension 18038 Sáb Ene 09 2010, 14:19 | |
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Última edición por MARIMO el Dom Ene 10 2010, 17:12, editado 1 vez |
| | | docta Colaboradores
Mensajes : 1410 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: pension 18038 Dom Ene 10 2010, 09:53 | |
| gracias daniela por contarnos tu experiencia, lo interesante es que no tuviste que apelar a la carss, saludos _________________ Búscate un cura para salvar tu alma; más si quieres salvar tu cuerpo, búscate un abogado.
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| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: pension 18038 Dom Ene 10 2010, 10:45 | |
| Es correcto y ajustado a normativa la forma que esa Udai ha resuelto esa pension de Daniela. Pareceria que a veces queremos o quieren hacerle decir a la Ley cosas que la Ley no dice. Los requisitos de la 18038 son pocos, estar afiliado y tener pago el mes anterior al del fallecimiento, o el del fallecimiento mismo, si asi lo prefieren. Fuera de esto, hablar de SIJyP, Prev 11-37, 24476, 24241, regularidad, proporcionalidades, prorrateos etc. son terminos no vigentes al momento del deceso.- Hecho de esta forma cumpliendo con los extremos de Ley, no hay nada mas que agregar, si se deniega, se debe recurrir por error material, por no aplicar la legislacion para el caso resuelto, simple nota mencionando estos y esperar. No debe intervenir la Carrs para enmendar un error material de la Udai, la Udai por si misma, por intermedio del analisis su letrado, debera conceder. Vamos a ver ahi si se animan a redenegar y estar provocando la apelacion superior sin sentido, la 18038 es la misma para letrados Carss y Udai. _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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| | | MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: pension 18038 Dom Ene 10 2010, 11:02 | |
| ¿ Y que hacemos con la prev 11-37? |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: pension 18038 Dom Ene 10 2010, 11:36 | |
| A Marimo:Tenela siempre presente entre tu normativa mas preciada, para que te alerte que es lo que no se puede hacer en los casos anteriores a 07/1994. Rige lo dicho alli para tus tramites y quienes lo resuelven. Chan....Chan.- _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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| | | nina Meritorio
Mensajes : 8
| Tema: Re: pension 18038 Lun Mar 22 2010, 15:52 | |
| hola gracias por la info, te cuento que tengo un caso con 30 años aportados y fue denegado , todavia no me notificaron,pero ya sale la denegacion por internet. Abone el mes de fallecimiento con los intereses siguiendo el criterio de la carrs.me voy a ir a notificar personalmente y voy a pedir la reconsideracion no me enviarias la nota con la que te la otorgaron. desde ya muchisimas gracias |
| | | Guindu25 Gran Usuario
Mensajes : 2935 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: pension 18038 Lun Mar 22 2010, 18:45 | |
| - nina escribió:
- hola gracias por la info, te cuento que tengo un caso con 30 años aportados y fue denegado , todavia no me notificaron,pero ya sale la denegacion por internet. Abone el mes de fallecimiento con los intereses siguiendo el criterio de la carrs.me voy a ir a notificar personalmente y voy a pedir la reconsideracion no me enviarias la nota con la que te la otorgaron. desde ya muchisimas gracias
Hola nina, fijate las resoluciones que cita daniela, y armá tu propio recurso apleaciopn ante la carrs. en la biblio hay modelos , pero debes adaptarlos segun lo que te contestan a vos y el caso particular. |
| | | NOELINA Colaboradores
Mensajes : 728
| Tema: Re: pension 18038 Lun Mar 22 2010, 20:58 | |
| Cita el fallo Adela Arakaki de la Carss, esta en la biblioteca, hay muchos mas del ultimo tiempo!!!! |
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| Tema: Re: pension 18038 | |
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| | | | pension 18038 | |
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