| puedo usar DDJJ ??? | |
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+4periquita Silvana MARIMO martin_01 8 participantes |
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Autor | Mensaje |
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martin_01 Auxiliar
Mensajes : 114
| Tema: puedo usar DDJJ ??? Jue Ene 28 2010, 17:14 | |
| hola como estan? tengo una sra paraguaya que nacio 9/1949 entro 10/74 (esa es la fecha correcta sin poder corregir hacia atras)nada auton RD 11/88 al 04/1997 8a 4m compro por moratoria desde 11/74 al 10/88 son 13a 11m 2m art 19 me da 22a7m faltan 7a 05m aca va la pregunta: si es que hasta aca esta bien... algo de esos años que faltan los puedo pasar por DDJJ ????? o entran por SDM???? que horror!!! gracias! martin |
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MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Jue Ene 28 2010, 17:23 | |
| Hola Martin:
Vos tenes que llegar a 30 años de aportes que los sumas con la relacion de dependencia más lo que puedas comprar por moratoria. Por moratoria podes comprar hasta el 9/93. En la panza de la moratoria podés poner los años del Art. 3 que es una condonacion de la deuda. La declaracion jurada la podes utilizar segun el cese, es decir segun el ultimo aporte. Si esos aportes no alcanzan tenes que comprar de otra manera, que puede ser por SDM, tal como decís.
saludos |
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MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Jue Ene 28 2010, 17:28 | |
| Los 7 años 5 meses que te faltan los podes comprar desde el 4/2000 y ahi, el ultimo aporte te marca el cese, que es el que te va a dar los años de Art. 3 que lo tenes que poner dentro de la moratoria. |
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Silvana Gran Usuario
Mensajes : 1212 Empleo /Ocio : Derecho Previsional
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Jue Ene 28 2010, 17:37 | |
| Recordá que el ultimo año a usar para el beneficio del Art. 3º es el 2007 que te correspondería 1 año de allí en adelante vá sin beneficios de Art. 3º. Suerte. |
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martin_01 Auxiliar
Mensajes : 114
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Jue Ene 28 2010, 17:45 | |
| gracias marimo por tu pronta respuesta! no entiendo bien a ver: si esos 7a 6m que me faltan los compro desde 04/2000 termino en 10/2007??? y no pongo nada de dj porque ya dan los 30a?????? o compro desde 04/2000 a 10/2006 y paso un año a dj en la moratoria??? perdona el merengue |
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martin_01 Auxiliar
Mensajes : 114
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Jue Ene 28 2010, 17:50 | |
| hola sil eso es parte del merengue que tengo, donde cortar la compra o no poner nada porDJ-gracias |
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MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Jue Ene 28 2010, 17:50 | |
| Martin:
Vos tenes la confusion que todos tenemos al principio con el Art. 3. Es una condonacion de la deuda. Quiere decir que de todos los años que vos tenes en la situacion de revista que podes colocar en el Sicam , hay una x cantidad de años que vas a poder condonar, es decir no pagarlos. Pero los que condonas figuran dentro de ese periodo de la situacion de revista. Por eso y para ser más grafico siempre hablo de " la panza " del Sicam. |
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MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Jue Ene 28 2010, 17:53 | |
| Conta los meses que necesitas a partir del 4 del 2000 y el ultimo mes te va a dar el cese. Tal como dice Silvana, si el cese es en 2007-2006 vas a tener 1 año de declaracion jurada. Si llegara a cesar en el 2008 no le corresponderia nada.
Fijate |
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martin_01 Auxiliar
Mensajes : 114
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Jue Ene 28 2010, 18:11 | |
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MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Jue Ene 28 2010, 18:14 | |
| Si. Lo condonas vos en el Sicam eligiendo el periodo mas caro y poniendolo en beneficios. El SDM va todo. |
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martin_01 Auxiliar
Mensajes : 114
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Jue Ene 28 2010, 18:20 | |
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MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Jue Ene 28 2010, 18:40 | |
| Martin: Verifica siempre bien. Utiliza las planillas que hay en el foro para controlar lo que sumamos. Es un placer colaborar. saluditos |
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martin_01 Auxiliar
Mensajes : 114
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Vie Ene 29 2010, 12:23 | |
| y ahora al ir al sicam me encontre con esto ... Historia de Categorias Períodos No Prescriptos 11 Monotributo Previsional - No aportante 04/2006 10/2007 - Monotributista y sale en sit de revista que hago con esto??????? help!!! |
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periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Vie Ene 29 2010, 14:16 | |
| Hola Martín
En esos períodos que seguramenta tendrás deuda los podés renunciar con el art 1º de la ley 25321.
Suerte |
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MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Vie Ene 29 2010, 16:11 | |
| Martin:
Fijate en la pestaña Pagos para ver los pagos realizados en ese periodo. . Y hace una liquidacion para saber los periodos en los que le tira deuda. |
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martin_01 Auxiliar
Mensajes : 114
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Vie Ene 29 2010, 17:53 | |
| no le sale nada en la de pagos |
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Guindu25 Gran Usuario
Mensajes : 2935 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Vie Ene 29 2010, 18:14 | |
| - martin_01 escribió:
- no le sale nada en la de pagos
hola Martin, poné actualizar situacion de revista, y lo que te aparece alli sino tenes pagos lo renuncias como dice Periquita. Además lo que te falta como te aconsejaron lo compras con sdm. Una datito mas, fijate algun post poné fecha de ingreso al pais, en este tipo de casos siempre hay que investigar si no ingresó antes y podria acreditarse ese ingreso, por ejemplo si tiene dni donde diche la fecha de ingreso que indicaste en 1974 pero tenes un acta de matrimonio anterior por ejemplo en 1964, haces el ADP con esa documentación y te van a cargar como ingresos 1964, fijate el post para ver que documentacion podrias presentar si llegara a haber ingresado antes. |
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martin_01 Auxiliar
Mensajes : 114
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Vie Ene 29 2010, 18:53 | |
| hola guindu: me dice que me refrescan la sit de revista ( viene bien con este calor jaja...) lo acepte pero no cambio nada-gracias |
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martin_01 Auxiliar
Mensajes : 114
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Vie Ene 29 2010, 18:55 | |
| ah y la fecha es esa la de ingreso al pais-ella dice que entro en esa fecha y nunca antes habia venodo |
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periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Vie Ene 29 2010, 18:59 | |
| - martin_01 escribió:
- ah y la fecha es esa la de ingreso al pais-ella dice que entro en esa fecha y nunca antes habia venodo
Entonces por ahí no hay nada que hacer. Renuncia la deuda y adelante!!! |
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Guindu25 Gran Usuario
Mensajes : 2935 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Vie Ene 29 2010, 19:24 | |
| - martin_01 escribió:
- ah y la fecha es esa la de ingreso al pais-ella dice que entro en esa fecha y nunca antes habia venodo
si como dice peri, renucia y comprá sdm lo que te falte . |
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martin_01 Auxiliar
Mensajes : 114
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Vie Ene 29 2010, 19:55 | |
| gracias chicas: y como tengo que comprar mas de 7 años , sobre esos meses que renuncio puedo comprar x SDM??? por ejemplo iba a comprar de 12/2009 hacia atras 7a 6m ,ahora dejo un bache en esos meses que me aparece en hist de categ y continuo hacia atras o se puede renunciar y comprar se rian de mis confusas preguntas espero que se entienda lo que digo mil gracias |
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Guindu25 Gran Usuario
Mensajes : 2935 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Vie Ene 29 2010, 20:34 | |
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periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Vie Ene 29 2010, 20:37 | |
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periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? Vie Ene 29 2010, 20:40 | |
| hola Después de responder vi que había entrado el mensaje de Guindu con anterioridad, de todos modos coincidimos plenamente, asi que Martín ¡vamos adelante con ese SICAM!
Última edición por periquita el Dom Ene 31 2010, 09:10, editado 1 vez |
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| Tema: Re: puedo usar DDJJ ??? | |
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| puedo usar DDJJ ??? | |
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