gra25 Meritorio
Mensajes : 98 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: pension directa Lun Feb 15 2010, 19:02 | |
| Buenas tardes a todos. Tengo un caso de pension directa ,el tema es que el hombre fallece joven(48 años) nace en 1954 y fallece en 2002 existe posibilidad de incluirlo en moratoria? no posee nada de nada de aportes ni siquiera inscripcion en autonomos . es posible pensionar a la viuda? la veo negra´ gracias y saludos! |
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DULCINEA Meritorio
Mensajes : 38
| Tema: Re: pension directa Mar Feb 16 2010, 17:17 | |
| - gra25 escribió:
- Buenas tardes a todos. Tengo un caso de pension directa ,el tema es que el hombre fallece joven(48 años) nace en 1954 y fallece en 2002 existe posibilidad de incluirlo en moratoria? no posee nada de nada de aportes ni siquiera inscripcion en autonomos .
es posible pensionar a la viuda? la veo negra´
gracias y saludos! Para hacer moratoria tendrian que entrar los 30 años dentro de ella y no alcanza hasta el 9/93. Quedan años afuera. |
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maria lujan Gran Usuario
Mensajes : 559 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: pension directa Mar Feb 16 2010, 18:20 | |
| Es tal cual te dice Dulcinea, y la posibilidad de completar con SDM para llegar a los 30 años está muy discutida segun los diferentes criterios de las udai. |
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MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: pension directa Mar Feb 16 2010, 18:45 | |
| Si fuera un autónomo la situación sería distinta. |
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docta Colaboradores
Mensajes : 1410 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: pension directa Mar Feb 16 2010, 21:12 | |
| Este punto está dentro de lo que la dra. Dehesa resumió sobre la charla en Morón con los integrantes de la carss • SERVICIOS DOMÉSTICO Y PENSION DIRECTA y se encuentra en la biblioteca: para llegar a la regularidad de los 30 años no tienen que se “contemporáneos a la prestación” se pueden cancelar como SDM autónomos ($43.-). No así, para completar la regularidad/irregularidad de los 12 meses sobre 60 o 24 meses sobre 36 etc ya que ésta no se puede cancelar ni por moratoria ni por SDM. Si, por el contrario, se utiliza SDM para los 12/60, 24/36 etc, éstos deben ser: a) contemporáneos a su prestación de servicios (con que salga en el SIPA están probados) B) extemporáneos en relación de dependencia: éstos sólo servirán si se puede probar la real prestación de ese servicio de acuerdo al dictamen de jurídicos de Anses 57/08 que pide “prueba complementaria”., los concurrentes a la reunión también interpretamos lo mismo y también está en el resumen que hicimos, saludos _________________ Búscate un cura para salvar tu alma; más si quieres salvar tu cuerpo, búscate un abogado.
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| Tema: Re: pension directa | |
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