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 calculo "a mano"?

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anarelle
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MensajeTema: calculo "a mano"?   calculo "a mano"? EmptyMiér Mar 17 2010, 20:21

Soy abogada novel (léase "sin la más mínima idea de nada") y no tengo acceso a ninguno de los sistemas que todos utilizan para la realización de cálculos de reajustes (Bluecorp, Jáuregui o similares), ni bolsillo para comprarlos.

Necesito saber cuáles son las fórmulas (o sea, las cuentitas) que se usan para determinar si procede un reclamo de reajuste o no, para calcularlo a la vieja usanza.

Estoy haciendo la carrera de programación de sistemas, así que prometo que cuando esté en condiciones de hacer un programa decente voy a desarrollar uno mucho más accesible What a Face

Gracias!!
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Gaturro
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MensajeTema: Re: calculo "a mano"?   calculo "a mano"? EmptyMiér Mar 17 2010, 21:41

Hola Anarelle
Bienvenida al Foro
Para enfrentar esa tarea estas preparada tecnicamente.
Tus parametros para liquidar lo sacas de la Ley 24241
Los coeficientes los obtenes en nuestra biblioteca
La herramienta, es cualquier programa de calculo que sepas manejar dada tu condicion de estudiante de sistemas.
Tambien lo podes hacer a mano, pero eso es antiguo, no por ello menos efectivo.
Los sistemas dan la posibilidad de abreviar tediosos calculos propensos al error por la excesiva manipulacion de numeros, en este caso, no hay calculadora que los soporte.
Con lo dicho llegarias a determinar un haber inicial tal cual calcula Anses.
Ese es tu punto de partida: primero para verificar si esta bien calculado; segundo para indexar segun las variables que surjen de los fallos o los indices que hacen constante un salario o en este caso beneficio.
Tambien comparto lo que dice Felicitas en cuanto a que no es muy caro encomendar esos calculos.
La ventaja esta en que tenes la herramienta a tu disposicion tanto para liquidar como para hacer pruebas y planeamiento previsional.
Los programas existentes, no indican nada para valoracion de quien decide un reajuste por el solo hecho que son cerrados y arrojan numeros finales o resumidos, en una palabra no son demostrativos, se los usa por comodidad y valorando el prestigio academico de los creadores muy merecido por cierto.-
El planteo esta hecho, queda por vos construir la herramienta o alquilar la herramienta.-

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MensajeTema: Re: calculo "a mano"?   calculo "a mano"? EmptyJue Mar 18 2010, 07:28

los indices que necesitas se encuentran publicados en el boletin oficial pero primero vas a tener que ver de que se está hablando en los fallos que se utilizan en estos sistemas como Chocobar, Zagari, Heipp Rupp, badaro, elliff, indices como IPI, INGR, INDEC, ISBIC, etc, una lectura orientativa muy buena y que vas a tener toda esa información, es la revista de jauregui, tendrías que preguntar si en la biblioteca del colegio de abogados del lugar donde residis la tienen es un material muy bueno, espero que te sirva saludos calculo "a mano"? 618258

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anarelle
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MensajeTema: Re: calculo "a mano"?   calculo "a mano"? EmptySáb Mar 20 2010, 17:39

Agradezco mucho las respuestas. El lunes me pongo "en campaña" para conseguir la revista de Jáuregui. Por lo pronto, estuve leyendo algunas cosas que encontré en internet y en un libro que tengo, y ambas indican cómo hacer el cálculo. Según entendí sería:

Se toman los 10 últimos años trabajados a la fecha del otorgamiento del beneficio y al total de cada uno de ellos se lo multiplica por un índice de actualización y luego de los resultados se eligen los tres mayores. Eso se lo suma, se lo divide por 3 para sacar un promedio anual y luego se lo divide por 12 para saber el promedio mensual. De eso se saca el 70% y por último a ese resultado se le suma un índice de corrección.

¿Eso es todo o me está faltando algo? ¿El resultado final se compara con el haber que efectivamente percibe la persona y la diferencia es lo que motiva el reclamo?
Y, por último, ¿dónde encuentro los índices de actualización para cada uno de los años y el índice de corrección final? ¿Es eso lo que debo buscar en el boletín oficial?

Muchas gracias!
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Gaturro
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MensajeTema: Re: calculo "a mano"?   calculo "a mano"? EmptySáb Mar 20 2010, 18:24

anarelle escribió:
Agradezco mucho las respuestas. El lunes me pongo "en campaña" para conseguir la revista de Jáuregui. Por lo pronto, estuve leyendo algunas cosas que encontré en internet y en un libro que tengo, y ambas indican cómo hacer el cálculo. Según entendí sería:

Se toman los 10 últimos años trabajados a la fecha del otorgamiento del beneficio y al total de cada uno de ellos se lo multiplica por un índice de actualización y luego de los resultados se eligen los tres mayores. Eso se lo suma, se lo divide por 3 para sacar un promedio anual y luego se lo divide por 12 para saber el promedio mensual. De eso se saca el 70% y por último a ese resultado se le suma un índice de corrección.
Esta mal, usa la Ley 24241 art 24 en todos sus incisos para cada caso en particular, luego aplica una formula que esta en la misma Ley Pc=0,15* N+M+P........ dividido........ (no la se de memoria)
tambien esta en la resolucion 6/09 creo que es, la moneda original la tenes que convertir a actual, los indices no son ni trimestrales ni de promedio anual, son para cada mes, tenes que considerar las rentas autonomas tambien. La tabla de indices depende para cada lapso de cese, no son los mismos para quien cesa en marzo 2010 que para quien ceso en febrero 2010.

¿Eso es todo o me está faltando algo? ¿El resultado final se compara con el haber que efectivamente percibe la persona y la diferencia es lo que motiva el reclamo?
No hasta alli estas comparando si le liquidaron bien el haber inicial, punto de partida para lo que quieras hacer valer luego
Y, por último, ¿dónde encuentro los índices de actualización para cada uno de los años y el índice de corrección final? ¿Es eso lo que debo buscar en el boletín oficial?
o Biblioteca de este Foro,(icono chico del titulo) segun la fecha de cese del jubilado o jubilable. La ultima es la Res 130/2010
Mucha suerte
Muchas gracias!

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MensajeTema: Re: calculo "a mano"?   calculo "a mano"? EmptyLun Mar 22 2010, 19:06

Muchas gracias!!
Creo que voy empezando a entender...
El cálculo que describí yo sería para los que obtuvieron el beneficio por la ley 18.037, no? Es decir, si la resolución de otorgamiento indica que se jubiló bajo esta ley, se aplicará ese cálculo, y si indica que se jubiló con la 24.241 entonces el cálculo será el que aparece en su art. 24. Es correcto?
¿Esas son las únicas posibilidades? ¿O puede existir otro cálculo además de esos dos?

Nuevamente, gracias por la ayuda. Es complicado meterse en el tema cuando en la facultad ni siquiera nos mencionaron que existían los reajustes (mmm)

Saludos.
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Gaturro
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MensajeTema: Re: calculo "a mano"?   calculo "a mano"? EmptyLun Mar 22 2010, 19:53

anarelle escribió:
Muchas gracias!!
Creo que voy empezando a entender...
El cálculo que describí yo sería para los que obtuvieron el beneficio por la ley 18.037, no? Es decir, si la resolución de otorgamiento indica que se jubiló bajo esta ley, se aplicará ese cálculo, y si indica que se jubiló con la 24.241 entonces el cálculo será el que aparece en su art. 24. Es correcto?
tal cual,
¿Esas son las únicas posibilidades? ¿O puede existir otro cálculo además de esos dos? 24476 pero apunta al modo de regularizar aportes omitidos de 24241
Nuevamente, gracias por la ayuda. Es complicado meterse en el tema cuando en la facultad ni siquiera nos mencionaron que existían los reajustes (mmm) Si realmente es complicado, yo pondria el primer gran esfuerzo en conocer bien la normativa, los fallos, despues me volcaria a las herramientas que puedas crear, si necesitas hacer una calculo lo tercerizas y despues ves, o compras el sistema o lo construis.
Saludos para vos tambien. :cat
:
Saludos.

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