milonga: bienvenido al foro, una vez que salio en Agosto de 2009 el fallo Eliff no es necesario nombrar el falo Cirillo, fundamenta con Badaro y Eliff, en Capital algunos Juzgados estan aplicandoel ISBIC (fallo Eliff) para los que obtuvieron el beneficio al amparo de la Ley 24241.- Saludos Mavesa