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 Se puede pisar con sican 1 año de RRDD

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4 participantes
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heman
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MensajeTema: Se puede pisar con sican 1 año de RRDD   Se puede  pisar con sican 1 año  de RRDD EmptyLun Abr 19 2010, 19:16

Existe un año en RRDD de reconocimiento dudoso y como no tengo mas lugar antes del 9/93 pienso superponerlo con un año de moratoria por las dudas.
El hecho de que resulten simultaneos si bien suman 1 no invalidan el plan? quiero asegurame de no quedarme corto.
Espero que sus respuestas no me sirvan solamente a mi. Desde ya gracias.
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Anya
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Anya


Femenino
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MensajeTema: Re: Se puede pisar con sican 1 año de RRDD   Se puede  pisar con sican 1 año  de RRDD EmptyLun Abr 19 2010, 19:21

No hay problema, podes superponer períodos, lo que tenes que tener cuidado es no utilizar el art 3 en ese mes o tramo superpuesto, porque esa si es causal de rechazo.
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heman
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MensajeTema: Re: Se puede pisar con sican 1 año de RRDD   Se puede  pisar con sican 1 año  de RRDD EmptyLun Abr 19 2010, 20:06

Gracias Anya, es la primera vez que utilizo no el 3 de la 24476 sino el 38 de la 24241 dentro del sicam para respetar 4 años (antes del 68) de un expediente anterior denegado. En esa vez no se había utilizado plan (moratoria) sino todo RRDD pero no le fueron reconocidos, según la resolucion, varios años que ahora cubro con moratoria ,todavía no vi el expediente, no fui el apoderado, mañana intentaré con el titular que me lo mustren.
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pablodario
Meritorio



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MensajeTema: Re: Se puede pisar con sican 1 año de RRDD   Se puede  pisar con sican 1 año  de RRDD EmptyLun Dic 12 2011, 20:06

que bueno que es encontrar la respuesta a la pregunta que a uno lo desvela! mi clienta tiene un año en rrdd en el 76 (según sábana de anses) pero me parece que voy a superponer ese año con moratoria 24476. esto sigue siendo correcto hoy en dia?

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periquita
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periquita


Femenino
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MensajeTema: Re: Se puede pisar con sican 1 año de RRDD   Se puede  pisar con sican 1 año  de RRDD EmptyLun Dic 12 2011, 21:09

Hola Pablodarío
Sí, es como vos decis, y es posible si se titulan bien los post.
La normativa no cambió, pero tu situación no es igual a la planteada.
En el caso de heman la RRDD no figura en la sábana de aportes y ante la posibilidad de que no se él reconozca superpone (o no, si no está probado) los aportes de autónomos.
Si vos tenés el año 1976 probado con la historia laboral tendrías que regularizar hasta 1975 y luego arrancar con otro período desde 1977.
No podés desperdiciar ese año.
Saludos
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