Hola a todos!! me pueden ayudar a esclarecer estos temas? Gracias.
1. Decreto 526/99: Se aplica solo si cumplo regularidad del decreto 460/99 para los periodos posteriores a los afectados con deuda?
2.Autononomo: el pago del aporte en forma correcta seria a mes vencido?
3.Sicam: Al confeccionarlo para llegar a los 30 años (maxima regularidad), la deuda posterior al 09/93 la prescribo con 25321?
Muchas gracias!!!!