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 Pensión Directa

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Guindu25
gualpa
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MensajeTema: Pensión Directa   Pensión Directa EmptySáb Jun 12 2010, 16:50

Hola Foristas, tengo un trámite de pensión directa que me da algunas dudas. La Señora falleció el 16/02/2010 a los 64 años, tiene inscripción de autonomos y algunos aportes. No se había jubilado porque no quizo renunciar a una pensión graciable. Mi pregunta es la siguiente: el marido, que está jubilado en Junio de 2002, puede pedir la pensión directa con moratoria? ¿Se aplica el criterio de la Circular GP 36/09 apartado j ? O se tiene que cancelar el saldo? Gracias.-
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Guindu25
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MensajeTema: Re: Pensión Directa   Pensión Directa EmptySáb Jun 12 2010, 17:01

Para mi no entra en ni el el g ni el j de la 36/09.... debería ser de contado ( distinto hubiera sido si se hubiera jubilado y la hacia derivada , ahi si se podía..., así q ya saben la los próximos aconsejen a sus clientes que renunecien la la graciable por la jubilación...) , pero esperá otras opiniones , fijate en este post la forista estudio....ha resumido claramante lo que hemos debatido en innumerables post....

https://previsional.forosactivos.net/pensiones-f20/pension-con-moratoria-y-jubilacion-con-moratoria-t6428.htm
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MARIMO
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MensajeTema: Re: Pensión Directa   Pensión Directa EmptySáb Jun 12 2010, 17:26

Yo interpreto que lo planteado por el forista consultante corresponde al inciso b) de lo manifestado por Estudiocastellucci.
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estudiocastellucci
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MensajeTema: Re: Pensión Directa   Pensión Directa EmptySáb Jun 12 2010, 17:59

Si puede pedir la pension con moratoria.
La excepcion a la resolucion 884/06 se encuentra en la circular 36/09 apartado j.-
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MARIMO
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MensajeTema: Re: Pensión Directa   Pensión Directa EmptySáb Jun 12 2010, 18:11

b) Si el fallecimiento ha ocurrido con posterioridad al 24/10/2006
CAUSANTE FALLECIDO EL 16/2/2010

se puede percibir ambos beneficios con moratoria si la solicitud de jubilacion fue hecha con anterioridad al fallecimiento de causante
CAUSAHABIENTE JUBILADO EN 6/2002

( ver circular GP 36/09 apartado j)


Periquita:

Mi posición es la de siempre. Por lo que marqué en rojo continúo en esa postura.
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periquita
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periquita


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MensajeTema: Re: Pensión Directa   Pensión Directa EmptySáb Jun 12 2010, 18:19

Hola chicas
Coincido con Guindu

María
¿Por qué te parece que correspondene al inc. b) ?

Saludos
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MARIMO
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MensajeTema: Re: Pensión Directa   Pensión Directa EmptySáb Jun 12 2010, 18:20

Razz No estoy hablando sola.
Respondí a una consulta muy puntual que me puso en pantalla Periquita.´
aunque ahora desapareció la consulta What a Face What a Face

No importa. Creo que vale la aclaración de igual manera, aprovechando el invalorable aporte que nos ha hecho estudiocastellicci, a quien nuevamente agradecemos.
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MARIMO
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MensajeTema: Re: Pensión Directa   Pensión Directa EmptySáb Jun 12 2010, 18:22

periquita escribió:
Hola chicas
Coincido con Guindu

María
¿Por qué te parece que correspondene al inc. b) ?

Saludos

Dije al Inciso b) de lo que había aclarado estudiocastellucci.
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periquita
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MensajeTema: Re: Pensión Directa   Pensión Directa EmptySáb Jun 12 2010, 18:26

j.- DERECHOHABIENTE DE PENSIÓN CON JUBILACIÓN SOLICITADA
Si el peticionante de la solicitud de deuda por SICAM, a los efectos de tramitar la PBU dentro del marco establecido por los artículos 6º de la Ley Nº 25.994, y 8º y 9º de la Ley Nº 24.476, sustituidos respectivamente por los artículos 3º y 4º del Decreto Nº 1454/05, hubiera formalizado dicha solicitud de PBU con anterioridad a la fecha del fallecimiento del causante y fuese derechohabiente de la pensión, no resultarán aplicables para esta situación, lo establecido en los puntos 1 y 2 de la presente
.

Entiendo que esta opción es cuando el solicitante se quiere jubilar y lo solicita antes del fallecimiento del causante que le puede derivar una pensión y no sería el caso de esta consulta.
Es para solicitar una PBU no una pensión como en este caso
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MARIMO
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MensajeTema: Re: Pensión Directa   Pensión Directa EmptySáb Jun 12 2010, 19:04

periquita escribió:
j.- DERECHOHABIENTE DE PENSIÓN CON JUBILACIÓN SOLICITADA
VIUDA/VIUDO

Si el peticionante de la solicitud de deuda por SICAM ( EL VIUDO CUANDO SE JUBILO ) , a los efectos de tramitar la PBU dentro del marco establecido por los artículos 6º de la Ley Nº 25.994, y 8º y 9º de la Ley Nº 24.476, sustituidos respectivamente por los artículos 3º y 4º del Decreto Nº 1454/05, hubiera formalizado dicha solicitud de PBU con anterioridad a la fecha del fallecimiento del causante


y fuese derechohabiente de la pensión( DE LA PENSION QUE ESTA SOLICITANDO ) , no resultarán aplicables para esta situación, lo establecido en los puntos 1 y 2 de la presente
.

Entiendo que esta opción es cuando el solicitante se quiere jubilar y lo solicita antes del fallecimiento del causante que le puede derivar una pensión y no sería el caso de esta consulta. SI FUERA ASI: QUE PROBLEMA HABRIA ? SE QUIERE JUBILAR Y TIENE EL MARIDO VIVO...NO ESTARIA ENTRE LAS EXCEPCIONES
Es para solicitar una PBU no una pensión como en este caso

Razz Razz yo interpreto de esta manera. :(argentina): :(argentina): :(argentina):


Última edición por MARIMO el Dom Jun 13 2010, 11:40, editado 2 veces
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periquita
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MensajeTema: Re: Pensión Directa   Pensión Directa EmptySáb Jun 12 2010, 19:38

MARIMO escribió:


Razz Razz yo interpreto de esta manera. :(argentina): :(argentina): :(argentina):


Que a tono el saludo hoy con esa bufanda argentina.
Fui a buscar de dónde lo sacaste y vi que se incorporaron 3 nuevos, no me había dado cuenta.

Besos
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Natali
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MensajeTema: Re: Pensión Directa   Pensión Directa EmptyDom Jun 13 2010, 22:46

Hola chicas yo tengo ese mismo caso, lo voy a probar el martes en udai profesional en la citación y ni bien me den una respuesta les cuento.
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MARIMO
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MensajeTema: Re: Pensión Directa   Pensión Directa EmptyLun Jun 14 2010, 07:58

Natali escribió:
Hola chicas yo tengo ese mismo caso, lo voy a probar el martes en udai profesional en la citación y ni bien me den una respuesta les cuento.

Buenisimo. Tenes argumentos. Llevá la 36 impresa y defendete ¡¡¡

(leyendo) (leyendo)
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MensajeTema: Re: Pensión Directa   Pensión Directa Empty

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