hola, les comento un tema: el dia 2/9/2008 sra que posee graciable del congreso y jubilada antes del decreto 884... inicia pension derivada de su esposo jubilado por moratoria fallecido hace dos meses. Toman el tramite, al rato la jefa de udai me dice que se rechaza por no poder tener dos beneficios con moratoria. Presento al otro dia circ 34/08 con las excepciones donde el punto 4 es elque le corresponde. Me contestan que no puede iniciar porque ya tiene graciable que la renuncie. Me cambian el discurso en el aire.
Consulte por todos lados y hasta en normativa de anses ya que me dicen que esas graciables por ley del congreso no se tocan, siendo compatibles.
Ahora, el tramite esta en suspenso, ya que me dicen que si la circ 34/08 establece excepciones porque de otra forma se vulnera derechos por beneficios adquiridos, este caso seria similar. Estoy segura que me lo van a rechazar.... cuando lo notifiquen ahi debo presentar amparo? o debo agotar la via por el lado de recursos ante anses??