Buenas Tardes foristas, tengo un tramite de pensión directa, los datos son: Fecha de nacimiento: 11/1945, fecha de fallecimiento: 01/1995. Tiene inscripción de autónomos a partir del 01/1992, y la situación de revista que aparece en el puc es 01/1992 a 01/1995 actividad = 406. Mi duda es la siguiente de acuerdo a la Resolución 555: puedo ampliar periodos, pero puedo tomar también 7 años de DDJJ por el art.3 de la 24476; estos periodos que use el beneficio del art.3 los puedo colocar en SICAM 1, y los intervalos de los periodos anteriores colocarlos en SICAM 2 como ampliacion????