Una pregunta amigos, si la persona a jubilar cobra dos pensiones que suma $3000, y quiere jubilarse pagando de contado la moratoria, se le puede aplicar el art. 3 ley 24476, porque leyendo la ley habla de que es para aquellos casos que los ingresos sean menores a 3 ampos.....como se entiende?..
desde ya gracias
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