HOLA GLADYSMI, EL CESE FICTO SE APLICA POR SICAM MEDIANTE EL ART. 1 LEY 25321, ES VALIDO SOLO PARA APORTES AUTONOMOS Y/O MONOTRIBUSTISTAS, CON EL PRESCRIBIS PERIODOS, CORRIENDO LA FECHA DE CESE DE ACTIVIDAD, AL ULTIMO MES ACTIVO EFECTIVO ANTERIOR A LA FECHA DE LA PRESCRIPCION.
EJ:, SI LA PERSONA TENIA APORTES CON DEUDA HASTA EL 05/2008 Y APLICAS ART 1 A LOS TRES ULTIMOS MESES (POR EJ), EL CESE SE CORRE AL 02/2008 ... DE ESTA FORMA CORRISTE LA FECHA DE CESE DE ACTIVIDAD...
ESTUVO CLARO ????
A MENUDO SE UTILIZA CESE FICTO PARA ADQUIRIR MAYOR CANTIDAD DE AÑOS DE DJ, YA SEA POR APLICACION DEL ART 3 LEY 24476 O DEL ART 38 LEY 24241... FIJATE, CUALQUIER COSA AMPLIAMOS ESTA INFORMACION.
CARIÑOS.
VIVI