les cuento tengo que presentar una jubilación y tengo una duda, a los fines de aplicar el art. 3 declaracion jurada y la fecha de cese, el tema es así el señor tiene pagos esporádicos, motivo por el cual voy a renunciar todo lo que tiene con deuda pero registra dos pagos en julio y agosto de 2004 monotributista ,
leyendo la circular 49/10 de anses veo que hace una distinción entre
actividad reglada y no
reglada, a los fines de tomar el cese ficto por eso quería preguntarles si la
actividad de referencia es de las regladas o no....
para saber si puedo aplicar el cese ficto y ese pago que tiene intereses por fuera de termino renunciarlo y así seguir .....
otra cosita mas en la actualidad presta servicio como agente de noticias y figura activo y exento...y no registra pagos ni deuda---
Desde ya gracias !
Floppy