| reclamo administrativo | |
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Autor | Mensaje |
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marife Meritorio
Mensajes : 3
| Tema: reclamo administrativo Mar Mayo 03 2011, 20:27 | |
| hola me gustaria saber si hay alguna jurisprudencia que avale que se inicie un expte judicial sin el reclamo administrativo previo.gracias |
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lujan Gran Usuario
Mensajes : 1052
| Tema: Re: reclamo administrativo Mar Mayo 03 2011, 22:12 | |
| Hola si es por lo s fallos badaro no creo precisas la denegatoria de Anses, pero escucha otras opiniones, suerte |
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fede66 Gran Usuario
Mensajes : 857
| Tema: Re: reclamo administrativo Mar Mayo 03 2011, 22:34 | |
| - marife escribió:
- hola me gustaria saber si hay alguna jurisprudencia que avale que se inicie un expte judicial sin el reclamo administrativo previo.gracias
que tipo de reclamo queres hacer?? |
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Florchi Auxiliar
Mensajes : 132
| Tema: Re: reclamo administrativo Miér Mayo 04 2011, 10:38 | |
| El principio general dice que hay que agotar la via administrativa para poder iniciar un reclamo judicial, pero como siempre hay excepciones sería bueno que ampliaras de que se trata. |
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Parri Colaboradores
Mensajes : 606 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: reclamo administrativo Miér Mayo 04 2011, 11:43 | |
| Salvo un amparo o alguna medida cautelar urgente, tenes q agotar la instancia administrativa porque asi lo dice la ley, sds |
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marife Meritorio
Mensajes : 3
| Tema: Re: reclamo administrativo Mar Mayo 10 2011, 13:28 | |
| el tema es asi. ya presente varias demandas sin reclamo previo a ANSES y las acepto el juzgado.obvio ANSES las impugno en la contestacion y el juzgado lo dejo para resolver en sentencia.pero desp presente otras demandas tamb sin reclamo y el mismo juzgado me respondio en el primer decreto q tenis q hacer el reclamo previo xq habia cambiado la opinion jurisprudencial y ese juzgao ahora se plegaba a ello. Lo q ando buscando es jurisprudencia q se q existe, donde se hace lugar a no presentar el reclamo adm previo xq por tantas negativas de ANSES se lo toma como un rechazo general.gracias |
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Anya Moderador
Mensajes : 2988 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: reclamo administrativo Mar Mayo 10 2011, 15:52 | |
| No estas diciendo que tipo de reclamo es. |
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marife Meritorio
Mensajes : 3
| Tema: Re: reclamo administrativo Mar Mayo 10 2011, 20:19 | |
| el reclamo administrativo ante ANSes es por recalculo del haber inicial y movilidad. Por dichos temas se entabla la demanda pero sin ese reclamo previo.gracias |
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anwalt Gran Usuario
Mensajes : 392 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: reclamo administrativo Mar Mayo 10 2011, 23:17 | |
| tendrías q leer lo básico de derecho administrativo. En estos casos no hay jurisprudencia que valga, el reclamo administrativo previo es inprescindible.
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Anya Moderador
Mensajes : 2988 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: reclamo administrativo Miér Mayo 11 2011, 12:19 | |
| - anwalt escribió:
- tendrías q leer lo básico de derecho administrativo. En estos casos no hay jurisprudencia que valga, el reclamo administrativo previo es inprescindible.
Coincido. |
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Florchi Auxiliar
Mensajes : 132
| Tema: Re: reclamo administrativo Miér Mayo 11 2011, 12:29 | |
| Cita textual del codigo
Reclamo administrativo previo a la demanda judicial.
ARTICULO 30.- El Estado nacional o sus entidades autárquicas no podrán ser demandados judicialmente sin previo reclamo administrativo dirigido al Ministerio o Secretaría de la Presidencia o autoridad superior de la entidad autárquica. Este articulo hace juego con el articulo 23 del mismo código:
ARTICULO 23.- Podrá ser impugnado por vía judicial un acto de alcance particular:
a) cuando revista calidad de definitivo y se hubieren agotado a su respecto las instancias administrativas.
b) cuando pese a no decidir sobre el fondo de la cuestión, impida totalmente la tramitación del reclamo interpuesto.
c) cuando se diere el caso de silencio o de ambigüedad a que se alude en el artículo 10.
d) cuando la Administración violare lo dispuesto en el artículo 9.
En el articulo 32 del mismo código te plantea las excepciones al agotamiento preceptivo de la via administrativa:
ARTICULO 32.- El reclamo administrativo previo a que se refieren los artículos anteriores no será necesario si mediare una norma expresa que así lo establezca y cuando:
a) Se tratare de repetir lo pagado al Estado en virtud de una ejecución o de repetir un gravamen pagado indebidamente;
b) Se reclamare daños y perjuicios contra el Estado por responsabilidad extracontractual. (por ejemplo un accidente donde el estado responde por el daño causado por un agente de la adm, o el típico ejemplo del policia que daña a una persona y el estado responde por el daño)
Aca va un trabajo realizado por María Jeanneret de Pérez Cortés. Como no se como subirlo a la biblio te envio el link de adonde lo subi. Es muy completo, espero que te sirva.
(www.megaupload.com/?d=RF9Z056L)
lo pongo asi porque si lo hago como vinculo te manda a cualquier lado no se porque. Solo copialo y pegalo (sin los parentesis) en tu navegador y te lleva directo a la descarga. Si no te lo envio por correo.
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