Eleana Auxiliar
Mensajes : 186 Empleo /Ocio : ABOGADA
| Tema: Art 38 ley 24241 versus art 3 ley 24476 Lun Mayo 16 2011, 20:35 | |
| Estimados foristas:
Tengo el caso de un pedido de jubilación que no prosperó. Un contador realizó el SICAM, vino a consultarme y resulta que aplicó art 38 ley 24241 hasta 31/12/1968 y luego art 3 ley 24476. La fecha de cese fue en 2003, por lo que la DDJJ es de 3 años. La cuestión es que aplicó 3 años de DDJJ con art 3 ley 24476 y además 1 año y 9 meses con art 38 ley 24241. En total, pidio DDJJ por 4 años y 9 meses. Le comenté de que no puede pedir más de 3 años de DDJJ. Además, leyendo en la biblioteca, dice que estos beneficios NO son acumulables. Me responde que ha hecho varias jubilaciones y ha cargado siempre de esa manera, y jamás tuvo problema.-
Ahora, puede ser que al aplicar el beneficio y declarar además de los 3 años, 1 año y 9 meses de más le hayan rechazado la jubilacion porque tuvo menos años de aportes? Me refiero a que en Anses le admiten los 3 años y nomás.
Muchas gracias. |
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FLORCITA73 Gran Usuario
Mensajes : 715 Empleo /Ocio : Est. Derecho- Informatica
| Tema: Re: Art 38 ley 24241 versus art 3 ley 24476 Lun Mayo 16 2011, 20:50 | |
| - Eleana escribió:
- Estimados foristas:
Tengo el caso de un pedido de jubilación que no prosperó. Un contador realizó el SICAM, vino a consultarme y resulta que aplicó art 38 ley 24241 hasta 31/12/1968 y luego art 3 ley 24476. La fecha de cese fue en 2003, por lo que la DDJJ es de 3 años. La cuestión es que aplicó 3 años de DDJJ con art 3 ley 24476 y además 1 año y 9 meses con art 38 ley 24241. En total, pidio DDJJ por 4 años y 9 meses. Le comenté de que no puede pedir más de 3 años de DDJJ. Además, leyendo en la biblioteca, dice que estos beneficios NO son acumulables. Me responde que ha hecho varias jubilaciones y ha cargado siempre de esa manera, y jamás tuvo problema.-
Ahora, puede ser que al aplicar el beneficio y declarar además de los 3 años, 1 año y 9 meses de más le hayan rechazado la jubilacion porque tuvo menos años de aportes? Me refiero a que en Anses le admiten los 3 años y nomás.
Muchas gracias. Eleana: La ley es clara en cuanto a la cantidad de años que se pueden tomar por declaracion jurada, y es como vos decis, y podes verificar en el material que hay en la biblioteca. En eso no hay duda. Ademas. si no cumple los extremos de la ley se lo van a denegar. saludos Flor |
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Eleana Auxiliar
Mensajes : 186 Empleo /Ocio : ABOGADA
| Tema: Re: Art 38 ley 24241 versus art 3 ley 24476 Lun Mayo 16 2011, 21:02 | |
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| Tema: Re: Art 38 ley 24241 versus art 3 ley 24476 | |
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