Buenas, desde ya gracias a la comunidad.
la semana entrante voy a presentar una reapertura administrativa
por una pension de una señora (53 años de edad) la cual fue denegado el beneficio
de su padre fallecido (ambos) y recibe atencion de la obra social PAMI.
el motivo de la denegatoria es por su estado civil separada legal, segun lo estipulado en el articulo 53 de ley 24241, por alegar que solo le corresponde la pension derivada por fallecimiento a los hijos solteros o hijos viudos incapacitados,a la persona ya se le vencio los plazos para presentar ante la carss, el objetivo de la reapertura es ganar tiempo y que le concedan un nuevo plazo de extension en PAMI. (ya se vencea fin de junio el año de plazo q le dieron),
dos preguntas, por favor:
1-¿una vez hecha la reapertura pami me tiene q extender otro año el plazo?
gracias.
2 -¿que mas puedo presentar como prueba, saludos?
- documentacion a presentar,
-sentencia de divorcio año 84 (no adjuntada anteriormente)
-ultimo recibo cobro del causante donde figura a cargo
-dictamen junta medica anses , otorgando la pension (ya incorporada en el expediente año 2010 junta)
-dni
-credencial pami
-certificado defuncion.
gracias otra vez.