[quote="aldana1984"]Disculpas, me confundí, el período que me aparece como prescripto es desde 1/1973 a 6/2001 y como no prescripto desde 7/2001 a la actualidad.
Si yo renuncio a períodos en los que hay inscripción y no hay pagos, puedo luego aplicar la ley 24476 en ese msimo período? En el caso en que no se pudiera no encuentro otra forma de llegar a los años requeridos de aportes.....
el período 1773 a 9/93 tiene que quedarte incluído dentro del período de moratoria. No lo prescribís ni lo renunciás. Vas a pagarlo con moratoria.
El posterior, o sea, 9/93 a 6/2001 tenés que ver si querés pagarlo porque debe ser bastante dinero...sino lo prescribís...
el período 7/2001 a la actualidad, fijate que tenés pago y que no. Podrás renunciar o prescribir pero si los necesitás no sé como vas a hacer..deben ser montos altos. Tendrías que renunciar o prescribir los viejos y dejar los últimos períodos que son los que tienen menos intereses...suerte