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 PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS

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violeta
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MensajeTema: PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS   PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS EmptyJue Jul 28 2011, 14:26

Hola a todos, vuelvo sobre el tema

Me llega un caso de una señora de 96 años, que cobra pension por retiro militar.
El esposo falleció hace 26 años y recién ahora menciona que tiene aportes comunes por 23 años en relación de dependencia.
Le pedí las pruebas que tiene y trae libretas de las empresas donde trabajó el marido, con fechas, libretas sanitarias, cartas de felicitacion de las empresas, tambien con fechas, etc. Datan de los años 46 hasta el 79 aprox.

Tengo para acreditar identidad: CI, DEFUNCION, LIBRETA MATRIMONIO, ETC.

Qué opinan? será viable con estas pruebas conseguirle a esta señora la pensión?
cualquier comentario orientativo será muy bienvenido.
Entenderán que es una señora muy mayor, no la quiero ilusionar y tampoco llevarla de aquí para allá sin esperanzas.

(mmm) (desconcierto)
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Anita56
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MensajeTema: Re: PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS   PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS EmptyVie Jul 29 2011, 01:00

Hola Violeta. Aparentemente por tu comentario esos años que mencionás no fueron utilizados para el retiro del causante, no?
Decís que falleció hace 26años, eso sería en 1985. Corresponde liquidar por la Ley 18037, si es que hablamos de aportes en R/D exclusivamente.
Fijate si reúne los requerimientos, haber estado activo a la fecha de fallecimiento, o cesado dentro de los 5 años inmediatos anteriores al deceso. Los 10 años los tendrías, creo.
Solicitaste listado de aportes?
Estoy suponiendo, ya que no publicaste fecha de defunción y fecha de cese puntuales.
Es lo que básicamnte, te puedo aportar. Esperemos la opinión de los demás foristas, que seguramente te aclararán mejor el panorama. Saludos.
Anita
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violeta
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MensajeTema: Re: PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS   PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS EmptyMar Ago 02 2011, 17:32

Anita56 escribió:
Hola Violeta. Aparentemente por tu comentario esos años que mencionás no fueron utilizados para el retiro del causante, no?
Decís que falleció hace 26años, eso sería en 1985. Corresponde liquidar por la Ley 18037, si es que hablamos de aportes en R/D exclusivamente.
Fijate si reúne los requerimientos, haber estado activo a la fecha de fallecimiento, o cesado dentro de los 5 años inmediatos anteriores al deceso. Los 10 años los tendrías, creo.
Solicitaste listado de aportes?
Estoy suponiendo, ya que no publicaste fecha de defunción y fecha de cese puntuales.
Es lo que básicamnte, te puedo aportar. Esperemos la opinión de los demás foristas, que seguramente te aclararán mejor el panorama. Saludos.
Anita
Anita, gracias por responder, mirá, te comento lo que tengo
trabajó desde el 65 al feb/79 y falleció en enero del 83.
Mi problema es que (además de estar perdida con la 18037) no sé como obtener la sábana de aportes en anses y completar más pruebas.
Decís que tengo que demostrar solo 10 años? y la regularidad?
Rolling Eyes Rolling Eyes
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violeta
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MensajeTema: Re: PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS   PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS EmptyMar Ago 02 2011, 18:22

violeta escribió:
Anita56 escribió:
Hola Violeta. Aparentemente por tu comentario esos años que mencionás no fueron utilizados para el retiro del causante, no?
Decís que falleció hace 26años, eso sería en 1985. Corresponde liquidar por la Ley 18037, si es que hablamos de aportes en R/D exclusivamente.
Fijate si reúne los requerimientos, haber estado activo a la fecha de fallecimiento, o cesado dentro de los 5 años inmediatos anteriores al deceso. Los 10 años los tendrías, creo.
Solicitaste listado de aportes?
Estoy suponiendo, ya que no publicaste fecha de defunción y fecha de cese puntuales.
Es lo que básicamnte, te puedo aportar. Esperemos la opinión de los demás foristas, que seguramente te aclararán mejor el panorama. Saludos.
Anita
Anita, gracias por responder, mirá, te comento lo que tengo
trabajó desde el 65 al feb/79 y falleció en enero del 83.
Mi problema es que (además de estar perdida con la 18037) no sé como obtener la sábana de aportes en anses y completar más pruebas.
Decís que tengo que demostrar solo 10 años? y la regularidad?
Rolling Eyes Rolling Eyes

No me expliqué bien, el tema de la sábana de aportes es porque no tiene cuil, al colocar el cuil que le correspondería me sale otro señor con ese número, pero mucho mas joven, algo me falta ... o estoy haciendo algo mal... Rolling Eyes
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Anita56
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MensajeTema: Re: PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS   PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS EmptyMar Ago 02 2011, 23:17

Hola Violeta. Si cesó en 02/79 y falleció en 01/83, estaría en los 5 años anteriores inmediatos al deceso. Uno de los requisitos. Por las fechas que publicás, tendrías los 10 años. Las pruebas que tenés son pruebas de época, habría que cotejarlas con la sábana que la solicitás con el Certif. de Defunción.
Respecto de la regularidad, la Ley 18037 no requería la regularidad que sí requiere la 24241. Fijate que está en la Biblioteca y en posteos anteriores. Es lo que te puedo aportar, esperemos el comentario de foristas más experimentados que yo.
Anita
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Anita56
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MensajeTema: Re: PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS   PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS EmptyMar Ago 02 2011, 23:24

Violeta, respecto del cuil que comentás, no le habrán realizado sus aportes con Cédula de Identidad, por la época digo. Que aparezcan dos hombres con el mismo cuil, es raro no? No sé.... esperemos la opinión de otros foristas. No sabría decirte.
Anita
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violeta
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MensajeTema: Re: PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS   PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS EmptyMiér Ago 03 2011, 16:15

Anita56 escribió:
Violeta, respecto del cuil que comentás, no le habrán realizado sus aportes con Cédula de Identidad, por la época digo. Que aparezcan dos hombres con el mismo cuil, es raro no? No sé.... esperemos la opinión de otros foristas. No sabría decirte.
Anita

Gracias Anita!! voy a acercarme a Anses para pedir la sábana, no sabía que se podía solicitar con la partida de defunción. Buenísimo, despues te cuento que pasó.
flower
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violeta
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MensajeTema: Re: PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS   PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS EmptyJue Ago 04 2011, 12:24

Anita56 escribió:
Hola Violeta. Si cesó en 02/79 y falleció en 01/83, estaría en los 5 años anteriores inmediatos al deceso. Uno de los requisitos. Por las fechas que publicás, tendrías los 10 años. Las pruebas que tenés son pruebas de época, habría que cotejarlas con la sábana que la solicitás con el Certif. de Defunción.
Respecto de la regularidad, la Ley 18037 no requería la regularidad que sí requiere la 24241. Fijate que está en la Biblioteca y en posteos anteriores. Es lo que te puedo aportar, esperemos el comentario de foristas más experimentados que yo.
Anita
Anita, Te comento que fuí a ANSES para averiguar lo de la acreditacion de datos, y sí, me confirman que puedo hacrlo con la partida de defunción como vos digiste, (aplauso) y el resto de la documentacion que está ok, lo único que me piden actualizada es la partida de matrimonio, todo original. Hasta ahí ok.

Luego consulto con relacion a la 18037, y me dicen que no tendría derecho a la pension porque iría con la normativa vieja, que necesita tener acreditados servicios dentro del años inmediato posterior a la fecha de fallecimiento, ademas de los 10 años de aportes
Me fijé en la normativa y es bastante confusa, aquí van los artíc. viejos y los posteriores modificados:
de la ley inicial:
ARTICULO 42.- Para tener derecho a cualquiera de los beneficios que acuerda esta ley, el afiliado debe reunir los requisitos necesarios para su logro encontrándose en actividad, salvo en los casos que a continuación se indican.
Cuando acreditare diez años de servicios con aportes computables en cualquier régimen comprendido en el sistema de reciprocidad jubilatoria, tendrá derecho a la jubilación por invalidez si la incapacidad se produjere dentro de los dos años siguientes al cese. La jubilación ordinaria o por edad avanzada se otorgará al afiliado que, reuniendo los restantes requisitos para el logro de esos beneficios, hubiera cesado en la actividad dentro de los dos años inmediatamente anteriores a la fecha en que cumplió la edad requerida para la obtención de cada una de esas prestaciones.
Las disposiciones de los dos párrafos precedentes sólo se aplican a los afiliados que cesaren en la actividad con posterioridad a la vigencia de la presente ley.

y de la modificada en noviembre del 83:
modificada en el 83 por 22976
Artículo 43. — Para tener derecho a cualquiera de los beneficios que acuerda esta ley, el afiliado debe reunir los requisitos necesarios para su logro encontrándose en actividad, salvo en los casos que a continuación se indican:

Cuando acreditare diez (10) años de servicios con aportes computables en cualquier régimen comprendido en el sistema de reciprocidad jubilatoria, tendrá derecho a la jubilación por invalidez si la incapacidad se produjere dentro de los cinco (5) años siguientes al cese.

La jubilación ordinaria o por edad avanzada se otorgará al afiliado que, reuniendo los restantes requisitos para el logro de esos beneficios, hubiera cesado en la actividad dentro de los cinco (5) años inmediatamente anteriores a la fecha en que cumplió la edad requerida para la obtención de cada una de esas prestaciones.

Las disposiciones de los dos párrafos precedentes sólo se aplican a los afiliados que cesaren en la actividad con posterioridad a la vigencia de la presente ley.

Según interpreto literalmente, los señores de anses tendrían razon.... pale
Pregunto:
habrá alguna solución para darle a este caso? (leyendo) (desconcierto) , no sé se me ocurre, jurisprud, carss, algo... Rolling Eyes








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violeta
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MensajeTema: Re: PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS   PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS EmptyJue Ago 04 2011, 12:32

Hola, otra vez yo, sigo pensando, podré comprarle algun mes para llegar a la regularidad ?
Por ejemplo:
comprar por ejemplo algun mes en el año 82?
aunque no esté inscripto en autonomo?

study study
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Anita56
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MensajeTema: Re: PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS   PENSION DE FALLECIDO HACE MAS DE 20 AÑOS EmptyDom Ago 07 2011, 23:31

Hola. Comprar como decís vos, estimo que no se puede ya que no va por 24241. Particularmente, nunca hice una pensión con esas características. Creería que cumple con el requisito de los años de aportes y el extremo de los 5 anteriores al deceso. A mí también me resulta confusa la aplicación de la normativa. Averiguá bien en la Udai donde presentás con alguien que pudiera tener un conocimiento cabal del tema, o esperemos la opinión de algún forista que nos aclare el camino. Me incluyo por supuesto. Saludos.
Anita
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