| Intimación para jubilarse / Articulo 19 Ley 24241 | |
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Autor | Mensaje |
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EUGEROS Meritorio
Mensajes : 66
| Tema: Intimación para jubilarse / Articulo 19 Ley 24241 Jue Ago 04 2011, 16:42 | |
| Tengo una clienta que la intimaron a jubilarse en virtud de lo establecido en el artículo 252 de la LCT. Mi clienta ya tenía más de 30 años de aportes pero no tenía todavía la edad jubilatoria por lo cual no cumplía todavía con todos los requisitos que prevé la ley 24.241. Por lo cual considero que esa intimación estuvo mal cursada y por ende no es oponible. Más allá de eso yo ya incié los trámites para su jubilación y están proximos a salir. Ante esto me surge una nueva duda, una vez que ella cuente con el beneficio jubilatorio puede ejercer la opción de continuar trabajando hasta los 65 años que establece el artículo 19 de la ley 24241 o al ya tener el beneficio no puede ejercer dicha opción??? Saludos!!! |
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Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Intimación para jubilarse / Articulo 19 Ley 24241 Jue Ago 04 2011, 18:49 | |
| Si la intimaron a jubilarse antes de la edad minima es, o porque quisieron ganar tiempo equivocadamente o porque conocen la historia laboral donde diras vos que la estas jubilando, si tiene algun lapso diferencial que acorte edad requerida...... Obtenida la jubilacion, esta obligada a informar a su empleador su variacion de status pues si continuara sus aportes se canalizan distinto, amen de la prerrogativa empleadora de prescindir de sus servicios _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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lujan Gran Usuario
Mensajes : 1052
| Tema: Re: Intimación para jubilarse / Articulo 19 Ley 24241 Vie Ago 05 2011, 20:28 | |
| Hola eugeros, aqui en Mdp hay una colega que le inicio juicio laboral por este tema al empleador y hay un fallo a favor en la rioja, suerte! |
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Tere Gran Usuario
Mensajes : 567 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Intimación para jubilarse / Articulo 19 Ley 24241 Dom Ago 07 2011, 21:23 | |
| - EUGEROS escribió:
- Tengo una clienta que la intimaron a jubilarse en virtud de lo establecido en el artículo 252 de la LCT. Mi clienta ya tenía más de 30 años de aportes pero no tenía todavía la edad jubilatoria por lo cual no cumplía todavía con todos los requisitos que prevé la ley 24.241.
Por lo cual considero que esa intimación estuvo mal cursada y por ende no es oponible. Más allá de eso yo ya incié los trámites para su jubilación y están proximos a salir. Ante esto me surge una nueva duda, una vez que ella cuente con el beneficio jubilatorio puede ejercer la opción de continuar trabajando hasta los 65 años que establece el artículo 19 de la ley 24241 o al ya tener el beneficio no puede ejercer dicha opción??? Saludos!!! La opcin la debìa ejercer al momento de ser intimada. Haber negado contar con los requisitos (de edad) y de paso hacer la opciòn. Ahora es tarde. |
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lujan Gran Usuario
Mensajes : 1052
| Tema: Re: Intimación para jubilarse / Articulo 19 Ley 24241 Dom Ago 07 2011, 23:52 | |
| Encontre un fallo de La Rioja que hizo lugar parcialmente a una demanda por este tema (art 19), y lo basa en que el empleador debe mandar el tel del 252lct cuando tenga certeza que la persona esta en condiciones de jubilarse. |
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EUGEROS Meritorio
Mensajes : 66
| Tema: Re: Intimación para jubilarse / Articulo 19 Ley 24241 Jue Ago 18 2011, 16:52 | |
| Hola Foristas! Gracias a todos por sus aportes y comentarios. Lamentablemente mi clienta no me conocía en el momento en que la intimaron (mal intimada) y no contestó dicha intimación. Luego yo le inicié todos los trámites de jubilación y recién ahora me comenta todo este tema.- Yo voy a contestar igualmente la intimación cursada por más que sea legalmente fuera de término porque al menos hasta que le salga la jubilación no quiero que la dejen sin trabajo, más allá de la opción del artículo 19.- Muy bueno el dato de Mar del Plata, lo voy a tener en cuenta en caso de necesitarlo y obviamente los manteré al tanto de lo que suceda.- Saludos |
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olguita Meritorio
Mensajes : 37 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Intimación para jubilarse / Articulo 19 Ley 24241 Lun Ago 22 2011, 17:29 | |
| Hola EUGEROS, a mi cliente tambien los intimaron antes de cumplir la edad jubilatoria y solicitamos en Anses una simulacion donde constaba el dia del turno, los años edad a la fecha de cierre y la edad requeridad. y lo presentamos con nota de descargo. Y todo resuelto, van a esperar a que cumpla la edad. Saludos Olguita. |
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EUGEROS Meritorio
Mensajes : 66
| Tema: Re: Intimación para jubilarse / Articulo 19 Ley 24241 Jue Nov 17 2011, 17:38 | |
| Hola foristas quería decirles que en el caso que comentaba, mi clienta obtuvo el beneficio y ya va a cobrar el primer haber. Por lo que dicen tengo que informar de dicha situación a la empleadora no?? Independientemente de eso la empleadora puede rechazar la decisión de la empleada de seguir trabajando hasta los 65 o es obligatorio aceptar su decision y si lo rechazan sería como un despido? Lo pregunto porque ya en la empresa no estuvieron muy contentos con que hubiera ejercido esa opción y me veo venir la situación.- Espero haber sido clara, saludos |
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Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Intimación para jubilarse / Articulo 19 Ley 24241 Jue Nov 17 2011, 19:03 | |
| Primero espera a cobrar, hay infinidad de beneficios otorgados y que luego son retenidos via Banco por algun control pendiente de Anses. Producido el cobro (perfeccionamiento de la prestacion), es de aplicacion el Art 13, inc 2 de L. 24241, si queres estirar la RD, no vayas a notificarte al Anses del acuerdo de beneficio, espera carta y posterior cobro, vos lo sabras desde autopista _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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violeta Gran Usuario
Mensajes : 548 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Intimación para jubilarse / Articulo 19 Ley 24241 Vie Nov 18 2011, 08:24 | |
| - Tere escribió:
- EUGEROS escribió:
- Tengo una clienta que la intimaron a jubilarse en virtud de lo establecido en el artículo 252 de la LCT. Mi clienta ya tenía más de 30 años de aportes pero no tenía todavía la edad jubilatoria por lo cual no cumplía todavía con todos los requisitos que prevé la ley 24.241.
Por lo cual considero que esa intimación estuvo mal cursada y por ende no es oponible. Más allá de eso yo ya incié los trámites para su jubilación y están proximos a salir. Ante esto me surge una nueva duda, una vez que ella cuente con el beneficio jubilatorio puede ejercer la opción de continuar trabajando hasta los 65 años que establece el artículo 19 de la ley 24241 o al ya tener el beneficio no puede ejercer dicha opción??? Saludos!!! La opcin la debìa ejercer al momento de ser intimada. Haber negado contar con los requisitos (de edad) y de paso hacer la opciòn. Ahora es tarde. Estoy de acuerdo con Tere, para ejercer la opción de seguir trabajando hasta los 65 años, hay que hacerla antes de comenzar el tramite jubilatorio, y al notificarse de la intimación de la empresa. La extemporaneidad es otro motivo de reclamo. Pero si ya inició y está por jubilarse, también creo que es tarde para reclamar. Una vez jubilada, podría solicitar a la empresa continuar trabajando, y comenzar de cero con la antigüedad. |
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EUGEROS Meritorio
Mensajes : 66
| Tema: Re: Intimación para jubilarse / Articulo 19 Ley 24241 Lun Nov 21 2011, 15:24 | |
| Gente gracias por sus aportes. Mi clienta ya finalmente pudo cobrar el primer haber y fuimos notificadas (ella y yo) del otorgamiento del beneficio.- Ahora mi pregunta es la siguiente, no teniendo validez la intimación que realizó la empleadora (por no haber contado ella con los requisitos necesarios) y no habiendo vuelto a intimarla. Ahora que obtuvo el beneficio ella puede seguir trabajando y la empresa lo tiene que aceptar si o si o pueden negarse a continuar la relación laboral??? Gracias |
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graciela portugal Moderador
Mensajes : 1997 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Intimación para jubilarse / Articulo 19 Ley 24241 Lun Nov 21 2011, 19:37 | |
| Tal cual opinaron los foristas, ya no puede hacer reclamo, creo que precluyó la oportunidad al optar por la jubilación |
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Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Intimación para jubilarse / Articulo 19 Ley 24241 Lun Nov 21 2011, 19:58 | |
| Coincido, se ha cumplido una de las dos alternativas para que el empleador de por terminada la relacion laboral, sin asumir indemnizacion por antiguedad Fijate esta opinion: http://www.moltedo.com.ar/usr/archivos/52_Fallo%20plenario%20321%20Despido%20del%20trabajador%20jubilado%20que%20continua%20en%20actividad.pdf _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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| Intimación para jubilarse / Articulo 19 Ley 24241 | |
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