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| Ama de casa Ley 24.828 | |
| | Autor | Mensaje |
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olguitat Meritorio
Mensajes : 21
| Tema: Ama de casa Ley 24.828 Jue Sep 01 2011, 11:12 | |
| HOLA! me estoy iniciando en materia Previsional, y quería hacerles una consulta... Mi clienta quiere obtener el Retiro por Invalidez. Ella estuvo aportando como autónoma (Categoria 210 A2), bajo la Ley 24.828. Según me dicen en ANSES, para poder calificarla como aportante irregular debería dar de baja esa categoría y que aporte 12 meses como categoria 090 Ley 24.241. Sus aportes bajo la Ley 24.828 no se calculan por lo establecido en el art. 3 de esta Ley. Esto es así?, no valen de nada sus aportes hechos hasta el momento? Y otra pregunta... ella tien 57 años. Puede empezar con una aporte voluntario a esa edad? Agradecería una pronta respuesta! Saludos.- |
| | | ET Meritorio
Mensajes : 48
| Tema: Re: Ama de casa Ley 24.828 Vie Sep 02 2011, 20:23 | |
| Es asi la ley 24828 dice que esos aportes no se computaran para las prestaciones de 24241 era solo para capitalizacion...pero ese no es el final de la cuestion cuando le des actualizar situacion de revista te aparecera como error en tramo visto que a afip no le figura mas el codigo ese... Aporte voluntario? NO....lo mas recomendable es incripcion como monotributo ya que SDM tiene tanto problema.... |
| | | olguitat Meritorio
Mensajes : 21
| Tema: Re: Ama de casa Ley 24.828 Sáb Sep 03 2011, 12:51 | |
| Gracias por tu respuesta. Entonces si entendí bien, lo que me conviene es que aporte 12 meses como monotributista y así pase a ser aportante irregular con derecho, y luego comenzar con el tramite del retiro por invalidez? Si dejo todo como está, cuando llegue a los 60 años cobraría una jubilacion reducida?, si es así, de cuanto? |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Ama de casa Ley 24.828 Sáb Sep 03 2011, 14:52 | |
| Si bien esos aportes son insuficientes para beneficios 24241, son creditos previsionales que no debes desechar. Tiene 3 años por delante para MT pero quiza le pidan presentar su declaracion jurada de salud la que condicionaria la aceptacion. Si lo logra, cumplidos los 12 meses puede pedir la RTI, obvio debe superar el % de incapacidad laboral. Si no logra la RTI puede pensar en una jubilacion ordinaria a los 60 si reune los 30 de aportes entre MT, moratoria y otros aportes que tenga, pues si no tiene nada mas y no se amplia la moratoria, le estarian faltando 6 años
_________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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| | | CristianCordoba Gran Usuario
Mensajes : 296 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: Ama de casa Ley 24.828 Dom Sep 04 2011, 20:16 | |
| Buenas noches, yo tengo el mismo problema pero para hacer una jubilación ordinaria. Gaturro vos decís que esos créditos previsionales no se deben desechar, eso mismo estaba pensando yo, y mañana quería ir a la AFIP para preguntar cuál es el camino más apropiado para aprovechar todo eso que estuvo pagando. Se me había ocurrido solicitar que le cambien el código de actividad, pero no sé si le darán curso. Vos qué recomendarías en este caso? También son 3 años aportados bajo esa ley. Mil gracias desde ya. |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Ama de casa Ley 24.828 Dom Sep 04 2011, 20:35 | |
| Hola Christian Ese es el camino, Afip, si vos hoy quisieras hacer un alta retroactiva Afip concede siempre que le lleves pruebas de esa actividad. En tu caso son esas las pruebas, los aportes 24828 de tal fecha a tal fecha, que lo tipifiquen como el de amas de casa de la epoca del regimen de reparto (aporte reducido y actualmente vigente), lograda la tipificacion nueva si hubiera alguna diferencia la abonas; lo abonado antes via capitalizacion ya lo tienen en la bolsa y no lo devolvieron ni devolveran, se impone un cambio de figura o un credito previsional.- Tambien hay que encuadrarlo en la 555 y en la 3062.- Mi modesta experiencia me indica que lo que Afip valida, Anses acata.- Copio un caso que postee hace un tiempo, real y de experiencia directa para reparto: Tema: Re: aportes ley 24828 (ama de casa) actividad 090 / desde 03/2007 activ. 401 Mar Oct 26, 2010 6:28 pm El origen de esos aportes quiza fueron las AFJPs, al cesar estas, el Anses se hace cargo de los aportes y absorbe los beneficios, actualmente, la figura esta vigente y con cada correccion de aportes para autonomos se corrige el aporte voluntario de amas de casa ( hoy $ 66,73) Independientemente de esto, tambien existe la figura para Reparto, Recuerdo el caso de una Sra, con aportes en categorias autonomas altas que al cesar en su actividad lucrativa, no quizo archivar esos aportes antiguos y cerro su historia laboral como ama de casa a los 30 años de aportes exactos, al tiempito la jubile con Pad primero y en forma automatica se convirtio en JO. En cuanto a beneficios, Dj no cumple, prescripcion o renuncia puede ser.- _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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| | | CristianCordoba Gran Usuario
Mensajes : 296 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: Ama de casa Ley 24.828 Dom Sep 04 2011, 21:11 | |
| Muchas gracias Gaturro, eso había pensado pedir que me pasen del código 960 al 090, porque pagó hasta 02/2007. Mañana o pasado voy a AFIP a ver qué me dicen. Nuevamente mil gracias como siempre. |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Ama de casa Ley 24.828 Dom Sep 04 2011, 21:16 | |
| Si, tenenos al tanto como se resuelve. Gracias, Saludos.- Aca tenes los valores presentes, son los del punto F y estan plenamente vigentes y referenciados a los de L. 24828.- http://www.dae.com.ar/age/ag004.html _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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| | | olguitat Meritorio
Mensajes : 21
| Tema: Re: Ama de casa Ley 24.828 Lun Sep 05 2011, 19:33 | |
| Esta mañana consulté en Afip que me convenía hacer para aprovechar todo lo que estuvo pagando (catgoria 210 A2 desde 11/2009 hasta 11/2010), y me dijeron que no se podía hacer una retroactiva... La verdad que estoy desorientada. No quiero desechar ese crédito previsional y tener que hacerle pagar a mi clienta 12 meses de Monotributo... Que me aconsejan?? |
| | | silvinavaleria Gran Usuario
Mensajes : 1021
| Tema: Re: Ama de casa Ley 24.828 Miér Sep 07 2011, 08:34 | |
| Hola chicas yo efectue una jubilacion con estos aportes y salio acrodada. Anses me los reconocio. No tengo idea en el caso de un retiro pero para la jubiloacion si deben ser tomadas |
| | | CristianCordoba Gran Usuario
Mensajes : 296 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: Ama de casa Ley 24.828 Vie Sep 09 2011, 21:18 | |
| Hoy presenté una multinota f.206/M muy corta "Solicito cambio código de actividad 960 en períodos MM/AAAA a MM/AAAA a código 090, para poder liquidar SICAM y solicitar jubilación por ley 24476 y 24241". La señora firmó y el empleado me lo cambió en el momento. Llegué a la oficina, liquidé y lo que estaba pagado en término, da deuda cero, así que todo bien en ese sentido. Espero que les sirva la experiencia.
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| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Ama de casa Ley 24.828 Vie Sep 09 2011, 22:24 | |
| Muchas Gracias Cristian por compartir la resolucion del tema.- _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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| Tema: Re: Ama de casa Ley 24.828 | |
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| | | | Ama de casa Ley 24.828 | |
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