Hola Gente:
Les escribo para consultarles lo siguiente. Recientemente mi padre fallecio, el era jubilado por la Caja de Prevision Social de la Pcia de Santa Cruz. Mi madre al ir a la Caja de Prev, para iniciar los tramites de la Pension, se encontro con que no hay Doc ( solo una que data de 1997) que pruebe que convivia desde hace mas de 40 años con mi padre. Le dijeron que debe Iniciar la Informacion Sumaria de Convivencia, requeridas solo para personas unidas de hecho, y que debe ser gestionada ante el Juzgado de Primera Instancia que corresponda, y que debe ser actualizada a la fecha posterior del fallecimiento de mi padre.- Ahora bien, no sabemos como se inicia, que datos o pruebas son requeridas. Ademas esta el tema del Seguro, que dicen que tampoco lo puede cobrar ella, porque aun no estan esa Doc probatoria que convivian. Lo peor es que dicen que pasaran un minimo de 3 a 6 meses para que le paguen, despues de haber hecho todos esos tramites de los que no tenemos la menor idea. Mientras mi madre no percibira nada.
Despues de lo expuesto:
Como se inicia una Informacion Sumaria de Convivencia ?
Es necesario contratar a un Abogado ?
Tanto puede tardar en el pago de la pension ?
Toda ayuda sera bienvenida, muchas gracias desde ya.