Tuve dos casos:
A): un sr. ya jubilado de luz y fuerza que un buen dia le sacan este beneficio y le pagan comun. Gran revuelo, reclamos etc. conclusion tuvo que afiliarse con esta indiciacion que menciona el forista ...."esto se arregla en el sindicato" "si no es afiliado no le corresponde".....m pregunto: - que barbaridad es esa?, me suena a apriete, porque obligacion de afiliarse ? si es un beneficiario del regimen de REPARTO y le paga el estad???? esto no es "caja compensadora" es su haber jubilatorio comprendido en ese regimen......no m parecio justo, pero una en tren de que se resuelva rapido accede. Este era un beneficio ya otorgado de años atras y que un buen dia -advirtieron que el sr. ya no era afiliado- y se lo bajaron.-
B): una sra. la jubilamos con unos 26 años de luz y fuerza y complemos x moratoria (que pago de contado) , tambien le liquidaron comun, reclamos y mas reclamos conclusion, al sindicato a afiliarse......A que responde esto? no se desde ya justo no m parece.- A un ferroviario no lo mando a afiliarse para que le liquiden por su regimen , ni tampoco esto sucede en ots.regimenes...... que les pasa a estos sres?
Les parece que cabria ante ANSES una presentacion similar a una declaratoria de certeza?